El Abecé del proyecto de pequeñas causas | El Nuevo Siglo
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Domingo, 20 de Noviembre de 2016
Redacción Política

Esta semana en plenaria de la Cámara se discutirá y luego se someterá a aprobación el proyecto de ley sobre pequeñas causas, se consultó con una fuente sobre algunos puntos importantes de la iniciativa.

  • El proyecto de ley, en principio buscaba definir con mayor claridad cuáles eran las conductas contravencionales o de menor lesividad jurídica con el fin de darle un tratamiento especial mediante la implementación de un procedimiento abreviado que reduce los tiempos procesales para resolver los problemas jurídico-penales que afectan a los ciudadanos en su día a día.

B. En cuanto a lo anterior el procedimiento abreviado se aplicará a las conductas definidas en el Código Penal como contravencionales y también se hizo extensivo a conductas como la violación de derechos de autor con el fin de darles un tratamiento procesal preferencial, que reduce el proceso de 5 audiencias (imputación, acusación, preparatoria, juicio público y lectura de decisión) a solo 3 audiencias (acusación, audiencia concentrada y lectura de decisión).

C. Se calcula que este procedimiento aplicado adecuadamente podrá reducir en más de un 50% los tiempos de duración del actual procedimiento ordinario y ayudará a agilizar las más de 900.000 noticias criminales de carácter contravencional que actualmente están bajo indagación por parte de la Fiscalía General de la Nación.

 

D. El proyecto de ley de ser aprobado y sancionado también crea una novedosa figura dentro del procedimiento penal, denominada Acusador Privado, por medio de la cual se desmonopoliza la titularidad de la acción penal de la Fiscalía y se traslada directamente a la cabeza de las víctimas directas e indirectas de estas conductas penales de menor entidad.

 

E. El procedimiento y desarrollo de la figura del Acusador Privado se da en consonancia con la estructura constitucional del Estado y las facultades dadas a la fiscalía en el artículo 250 superior y por el Acto Legislativo 006 de 2011.

 

F. La finalidad última del proyecto es descongestionar la resolución de investigaciones e indagaciones hoy en cabeza de la Fiscalía mediante la implementación del procedimiento abreviado y el traslado regulado de la titularidad de la acción penal a las víctimas de estos delitos de menor lesividad, los cuales igualmente requieren una menor dosis de investigación o desarrollo procesal.

¿Cuáles delitos del Código Penal pasan a ser contravenciones penales?

 

1. Lesiones personales dolosas con incapacidad menor de 30 días sin secuelas.

 2. Lesiones personales culposas con incapacidad menor de 30 días sin secuelas.

 3. Omisión de socorro.

Cuando las lesiones personales sean producidas por un familiar de la víctima que cohabite con él en un mismo inmueble, la conducta deberá tipificarse como violencia intrafamiliar y será de competencia de la Fiscalía General de la Nación, es decir, tendrá el carácter de delito. 

 

Si las lesiones personales las produjere el padre o la madre de la víctima, aunque no exista convivencia, dicha conducta deberá ser tratada  como  delictiva dentro de tipo penal de violencia intrafamiliar.

Las siguientes conductas contra el patrimonio económico cuya cuantía NO supere los diez (10) salarios mínimos. Para el año 2008 la cuantía corresponde a $4.615.000:

 4. Hurto.

 5. Hurto calificado.

 6. Hurto agravado.

 7. Hurto atenuado.

 8. Estafa.

 9. Emisión y transferencia ilegal de cheque.

 10. Abuso de confianza.

 11. Abuso de confianza calificado.

 12. Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito.

 13. Alzamiento de bienes.

 14. Disposición de bien propio gravado con prenda.

 15. Defraudación de fluidos.

 16. Perturbación de la posesión sobre inmuebles.

 17. Daño en bien ajeno.

 18. Consumo de sustancias en presencia de menores.

 19. Consumo de sustancias en establecimiento educativo o domicilio.

 20. Violación a la libertad religiosa.

 21. Impedimento y perturbación de ceremonia religiosa.

 22. Daños o agravios a personas o a cosas destinadas al culto.

 23. Irrespeto a cadáveres.

 

¿Cuáles modalidades del hurto siguen siendo considerados delitos, sin importar la cuantía?

 

1. El hurto con violencia sobre las personas.

 

2. El hurto colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones.

 

3. El hurto sobre medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos.

 

4. El hurto sobre cabeza de ganado mayor o menor.

 

5. El hurto sobre efectos y armas destinadas a la seguridad y defensa nacional.

 

6. El hurto sobre los bienes que conforman el patrimonio cultural de la Nación.

 

7. El hurto sobre petróleo o sus derivados cuando se sustraigan de un oleoducto, gasoducto, poliducto o fuentes inmediatas de abastecimiento.

8. El hurto sobre materiales nucleares o elementos radiactivos.

9. El hurto sobre bienes u otros elementos destinados a comunicaciones telefónicas (hurto de celulares), telegráficas, informáticas, telemáticas y satelitales, o a la producción y conducción de energía eléctrica y gas domiciliario.

¿Cuáles son las penas principales que se establecen para las contravenciones?

-Trabajo social no remunerado: en instituciones públicas o privadas que cumplan una función social o en campañas a favor de los derechos de las víctimas.

Su duración oscila entre 6 y 24 semanas, con un máximo de 8 horas diarias, prefiriendo el pago de la sanción los fines de semana. Este trabajo no será remunerado, y se podrá prestar a entidades públicas o a asociaciones o fundaciones de interés social. Se podrá realizar mediante la participación en campañas a favor de los derechos de las víctimas.

Multa hasta por 50 smmlv.

 -Arresto (interrumpido hasta 6 años).

 

¿Cuáles contravenciones tienen como pena el arresto?

 -Lesiones personales dolosas y culposas.

 -Hurto.

 -Hurto calificado.

 -Hurto agravado.

 -Abuso de confianza calificado.

 

¿Para cuáles contravenciones se impondrá el trabajo social no remunerado de 8 a 12 semanas y capacitación sobre los deberes jurídicos y sociales como pena?

 

-  Omisión de socorro.

 -  Hurto atenuado.

 -  Estafa.

 -  Emisión y transferencia ilegal de cheque.

 -  Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito.

 -  Alzamiento de bienes.

 -  Disposición de bien propio agravado con prenda.

 -  Defraudación de fluidos.

 -  Perturbación de la posesión sobre inmueble.

 -  Daño en bien ajeno.

 -  Violación a la libertad religiosa.

¿Para cuáles contravenciones se aplica la multa?

 -  Consumo de sustancias en establecimiento educativo o domicilio.

 -  Impedimento y perturbación de ceremonia religiosa.

 -  Daños o agravios a personas o a cosas destinadas al culto.

 -  Irrespeto a cadáveres.