De los pocos proyectos de ley y acto legislativo aprobados este año en el Congreso, uno de los más importantes es, sin duda alguna, el que normativiza el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que es la hoja de ruta del actual gobierno.
Durante su discusión en las comisiones y las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes a lo largo del primer semestre, no en pocas ocasiones se generaron intensos debates en torno a si se estaban cumpliendo al pie de la letra los mandatos constitucionales y legales en materia de trámite parlamentario.
En varias ocasiones congresistas de los partidos independientes y de oposición advirtieron, tanto a los ponentes como a las mesas directivas y las bancadas oficialistas, que en su afán por aprobar rápidamente el proyecto se estaba violando abiertamente la normatividad sobre procedimiento parlamentario.
Mientras los primeros denunciaban atropellos a las voces críticas, pupitrazos y vicios graves en lo aprobado, los segundos replicaban que los sectores antigobiernistas solo buscaban torpedear el visto bueno a la bitácora cuatrienal. La cuestión llegó al extremo de que en medio de las acaloradas intervenciones se anunció un alud de demandas ante la Corte Constitucional… Dicho y hecho, tras la sanción de la respectiva ley del Plan por parte de la Presidencia de la República comenzaron a elevarse causas jurídicas contra la misma en el alto tribunal.
La semana pasada se dio uno de los hechos más preocupantes en esta batalla judicial. La Procuraduría General pidió a la Corte declarar la inexequibilidad parcial de la ley por presentar vicios en el trámite de conciliación.
De acuerdo con el Ministerio Público, el informe de las comisiones accidentales de conciliación no fue publicado en la Gaceta del Congreso un día antes de que se surtiera su discusión y aprobación en la plenaria del Senado, tal como lo ordena el artículo 161 de la Carta Política. Esto se considera una infracción del procedimiento legislativo relevante, dado que impidió a los congresistas conocer el texto armonizado y votar por el mismo de forma informada.
No es un tema menor, ya que esa falla se habría presentado en 41 de los 372 artículos que componen el Plan de Desarrollo. Entre las normas que se pide declarar inconstitucionales están las referidas a regiones autonómicas, así como la regulación de las asociaciones de iniciativa público popular.
Lo reiteramos: en la formación de los actos legislativos y leyes es tan importante la forma como el fondo.