Lograr una actividad minera responsable ambientalmente es uno de los objetivos más importantes del país. Una meta en la que, afortunadamente, parece que Colombia ya viene superando el debate maniqueo y excluyente de creer que la explotación de los recursos naturales no renovables es imposible sin producir un grave daño al entorno ecológico. O, el mismo dilema pero al revés, que para proteger la riqueza natural debe vetarse cualquier actividad de minería.
Está visto que más allá de los apasionamientos extremos de lado y lado, lo que se debe buscar es que la locomotora minera se encarrille por estándares de extracción, producción y transformación de recursos que permitan amortiguar técnica y sosteniblemente el impacto sobre el entorno.
De allí la racionalidad que le asiste a la política minera en Colombia que distingue y perfila distintos planes de acción frente a las modalidades de la actividad: a gran escala, ilegal y artesanal.
Es claro que la normatividad base de todo este nicho productivo, responsable de un buen porcentaje del PIB, la inversión extranjera y la generación de divisas, debe ser la formulación de un Código Minero, pero lamentablemente el intrincado proceso de las consultas previas ha impedido que el respectivo proceso llegue al Congreso.
Sin embargo, en el entretanto es necesario avanzar en la construcción de otros esquemas normativos parciales pero urgentes. Es ahí en donde resulta de importancia suprema que, como lo informara días atrás el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, luego de varios años de negociaciones multilaterales, 92 países de Naciones Unidas, entre ellos Colombia, reunidos en Japón, firmaron el nuevo instrumento ambiental denominado “Convenio de Minamata sobre Mercurio”.
El mandato transnacional tiene por objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y liberaciones antropogénas del mercurio y compuestos de éste, que, como se sabe, es una de las sustancias más utilizadas en algunas actividades mineras, especialmente la aurífera artesanal o de pequeña escala.
Y no es nada gratuito que el convenio se denomine Minamata, pues se refiere a la tragedia ocurrida hace medio siglo en Japón en la que la contaminación con mercurio de fuentes de agua y el suelo produjo la muerte de cerca de 900 personas.
Frente al peligro que significa la contaminación con mercurio de ríos, quebradas y suelos adyacentes a los socavones y puntos de extracción aurífera, Colombia viene dando pasos adicionales. Por ejemplo, en un plan interinstitucional se viene trabajando en la elaboración del “Plan Estratégico Nacional para la Reducción del Mercurio en la Minería aurífera o artesanal a Pequeña Escala”.
De igual manera, el Congreso aprobó este año la Ley 1658 que establece disposiciones para la comercialización y el uso de mercurio en las diferentes actividades industriales del país y se fijan requisitos e incentivos para su reducción y eliminación.
Lo importante ahora es que toda esta regulación de orden nacional e internacional comience a aplicarse o profundizarse lo más pronto posible, sobre todo en nivel de la minería artesanal. La formalización de la actividad en este renglón es la clave principal y de allí que el Estado debe redoblar esfuerzo para que estos ‘vagones’ de la locomotora minera se encarrillen por la ruta de explotación ambientalmente sostenible de los recursos naturales no renovables.