* Irascible comunicado de Sala Penal de la Corte
** El caso de las periodistas Duzán y Orozco
Hemos defendido a la Corte Suprema de Justicia de forma vehemente durante los últimos años en que recuperó la dignidad de la política y develó los escándalos de quienes se habían aliado con el narco-paramilitarismo desde el Congreso. En ello jugó papel fundamental el magistrado auxiliar Iván Velásquez, quien adelantó las pesquisas en los lugares más inverosímiles y por ello fue blanco de injurias y calumnias por parte de quienes pretendían zaherirlo y hacerlo perder credibilidad. Casi lo logran los poderosos, pero Velásquez se mantuvo inhiesto en las indagaciones, muchas aún pendientes de fallo en la propia Corte.
Hemos reiterado que lo que interesa al país en procura de estabilidad y desarrollo son las instituciones. En tal sentido ellas deben canalizar una nación de suyo agobiada de emociones y de ira e intenso dolor por las secuelas de una guerra fratricida que lleva medio siglo. Por eso se espera, en la cúpula del poder, mucho más en la magistratura judicial, mayor cantidad de sindéresis, ecuanimidad y aplomo, inclusive por encima del resto de la ciudadanía y servidores públicos.
El ejercicio periodístico, de otra parte, tiene los linderos propios señalados en la Constitución y las leyes. Una democracia de la raigambre de la colombiana sólo es definible si existe libre sufragio y libertad de expresión. El resto es autoritarismo, cualquiera sea la Rama del Poder Público que lo pretenda ejercer. En varias partes de América Latina, con las estridencias correspondientes, viene fraguándose la persecución a la prensa y frecuentemente se ven cierres de medios y tropelías de toda índole contra el periodismo libre. En Colombia, por su parte, las continuas tutelas y las discrepancias entre los fallos de primera y segunda instancia desorientan permanentemente las funciones del periodismo, que prácticamente han quedado en manos de criterios unipersonales de acuerdo con el sentir del juez o magistrado de turno, sin que exista homogeneidad doctrinaria. Eso resulta tan lesivo como la censura y aún peor si se entienden las distorsiones que por estas circunstancias se producen en los estrados judiciales.
Ahora resulta que la Sala Penal de la Corte ha emitido, en pleno, un comunicado pletórico de calificativos para reprimir o judicializar a dos columnistas, María Jimena Duzán y Cecilia Orozco, quienes en sus escritos de opinión (que no unidades investigativas) osaron pensar y escribir sobre las consecuencias de la remoción del magistrado Velásquez. En su momento, cuando produjo el cambio, la Corte no explicó la razón de esa actitud. Podía no explicarlo detalladamente, desde luego, pero tenía que entender, igualmente, que al no hacerlo quedaba bajo el escrutinio de los medios de comunicación. Ni más faltaba que no. Fue en tal sentido que las columnistas se preguntaron por el asunto. Al hacerlo utilizaron su propio estilo, que es elemento básico de la libertad de expresión. Nadie puede decirle a un periodista cómo tiene que escribir. Dice en sus Estatutos de Chapultepec la Sociedad Interamericana de Prensa -SIP-, en desarrollo de la libertad de prensa establecida perentoriamente en la Carta de la OEA y Convenios de la ONU, que “ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el Poder Público”. Al contrario está actuando la Sala cuando se viene lanza en ristre, amenazando con demandas y utilizando todo tipo de epítetos emotivos, como en cualquier pleito de baranda en juzgado promiscuo, y particularmente poniendo todo su influjo como Poder Público contra las columnistas. Tema oficioso para la SIP. Desmerece ello de la madurez y sentido común consustanciales a las funciones de la magistratura. Además, no puede, bajo esa base, actuar autónoma e independientemente ningún juez al que se interponga la denuncia que anuncian. Por el contrario, sometido aquel a la jurisdicción de la Corte, no tienen allí las columnistas, en particular Cecilia Orozco, garantía alguna para su defensa. De hecho, con el libelo de prejuzgamiento anticipado, la Corte bordea la recusación, desconociendo los más elementales procedimientos de primer año de derecho. Ojala la actitud no haya sido producto del revanchismo por haber la prensa y las redes sociales sepultado la reforma a la justicia en la que malamente se prorrogaban los períodos de los magistrados con la sola resistencia del Consejo de Estado.
Es un hecho, por lo tanto, que en caso de la dicha demanda, tendrá que llevarse a la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que dirige la doctora Catalina Botero. Aquí ya no hay defensa posible ante el acto intempestivo. Salvo que la plenaria de la Corte Suprema de Justicia enmiende el entuerto.