La reingeniería judicial | El Nuevo Siglo
Jueves, 15 de Septiembre de 2022

Escuchar los criterios valiosos de las altas Cortes

* Ordenar discusión y evitar una ‘Torre de Babel’

 

Sentar las bases de una reforma a la justicia es uno de los retos más complicados en la institucionalidad colombiana. No en vano esta rama del poder público es la menos modificada en más de treinta años de vigencia de la Constitución de 1991. Pese a que durante ese tiempo se debatieron en el Congreso infinidad de proyectos de ley y acto legislativo sobre la materia, algunos de amplio alcance y otros con modificaciones parciales a la administración de justicia, muchas de esas iniciativas se hundieron en el trámite legislativo y otras no pasaron el examen de exequibilidad constitucionalidad.

En medio del alud de reformas que plantea el actual Gobierno y su coalición partidista mayoritaria, se habla nuevamente de aplicar una reingeniería a la rama judicial. Incluso, los recientes e impactantes casos de la mal llamada ‘justicia por mano propia’, es decir aquellas situaciones en donde las víctimas de un delito o la misma ciudadanía proceden violentamente contra los criminales, causándoles graves heridas o incluso la muerte, en lugar de inmovilizarlos y entregarlos a las autoridades, han llevado a que desde muchos sectores se urja un ajuste estructural a los mecanismos de administración de justicia que generen más credibilidad y confianza en los colombianos.

El titular de la cartera respectiva ha dicho que su principal compromiso es acercar la justicia a los ciudadanos, de forma tal que no se trate simplemente de facilitar la presentación de quejas y denuncias, sino de que se dé una respuesta eficiente y oportuna a las mismas. En ese marco se propone un énfasis no solo en aumentar el número de jueces y fortalecer el recurso humano y técnico del aparato judicial, sino también profundizar los mecanismos de conciliación extrajudicial, una mayor resocialización de la población carcelaria y cambios culturales para que la estructura penal no sea tan punitiva y dé mayor margen a los mecanismos de reparación y restauración a las víctimas.

Obviamente cualquier reforma estructural debe contar con el criterio y experticia de las máximas cortes, así como de la academia y otros expertos. De hecho, en la edición del pasado lunes publicamos las posturas al respecto de los presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura.

El menú es bastante amplio. Se requiere una reforma que esté centrada en disminuir los altos índices de impunidad y morosidad judiciales y que atienda a la realidad y exigencias ciudadanas. Para ello se necesita fortalecer la cantidad y eficiencia de jueces y fiscales, aumentar el presupuesto y modernización tecnológica de la rama, acelerar los mecanismos de justicia digital, ampliar las especialidades de investigación y juzgamiento, simplificar y modernizar los códigos y demás normatividad, así como maximizar los escenarios de conciliación extrajudicial, de forma tal que disminuya la cantidad de expedientes y procesos penales, civiles y laborales. De igual manera, urge que los operadores judiciales tengan una mayor cobertura territorial y local. También se pidió avanzar en un fortalecimiento del antecedente jurisprudencial como fórmula para agilizar y unificar criterios en actuaciones y sentencias.

Desde la academia, a su turno, se ha pedido combatir de forma más efectiva el populismo punitivo, la reformitis penal y la hiperinflación legislativa. Igual se plantea la necesidad de mejorar la calidad de las facultades de Derecho, ajustar el Estatuto del Abogado así como reformular el rol del Consejo Superior de Política Criminal...

Como se ve, hay muchas propuestas sobre la mesa. Todas son valiosas y convendría que, desde el Gobierno, el Congreso y las altas cortes se genere un escenario de discusión ordenado y serio. No se puede caer en una ‘torre de babel’ ni apostar por reformas de bajo alcance e inconexas. Hay muchas problemáticas sobrediagnosticadas y la prioridad ahora es proceder a instrumentar una reingeniería judicial que cumpla los criterios de eficiencia, prontitud y cobertura que exige la ciudadanía y la legitimidad misma del Estado Social de Derecho que nos rige.