*Las leguleyadas de Nicaragua
*Indiscutible soberanía colombiana
Desde el primer momento que en El Nuevo Siglo nos enteramos de la demanda de Nicaragua contra el Tratado Esguerra-Bárcenas, señalamos que ese era un acuerdo diplomático bilateral entre Colombia y nuestro vecino, que había sido ratificado por el Congreso de los respectivos países, lo mismo que estaba en plena vigencia, por lo que no tenía competencia la Corte Internacional de Justicia para atender una demanda fuera de lugar del Gobierno de Managua, que pretendía desconocer dicho acuerdo. Las razones eran múltiples, entre otras cosas, es de recordar que dicho país estaba obligado a respetar de manera civilizada el Derecho Internacional y los tratados, tal como reza: Pacta Sunt Servanda. Es claro que Nicaragua reconocía la tesis bolivariana que estableció el Uti possidetis juris entre las naciones que surgieron del derrumbe del Imperio Español en América, por medio de la cual las fronteras entre nuestras naciones son las mismas que existían en las divisiones administrativas del Imperio. En tanto, nunca antes había tenido salida al Atlántico Nicaragua, ni durante los tres siglos del Imperio Español, ni en la era republicana. Lo mismo que estaba obligada por el Pacto de Bogotá, del que Nicaragua era signataria, a aceptar las instancias interamericanas para resolver amigablemente las diferencias, en particular, el respeto a los tratados internacionales.
No acudió Nicaragua a la OEA, que era otro de los escenarios pertinentes para manifestar su intención de desconocer un tratado solemne vigente entre las dos naciones. No solicitó que se convocara a una reunión de urgencia de cancilleres de nuestro hemisferio. Quizá en el entendido que en ninguno de esos foros se aceptaría que se violaran los tratados, que se pisoteara el respeto por nuestras fronteras que ha sido una de las grandes conquistas bolivarianas con la doctrina del Uti possidetis juris, que evitó después de la Independencia que nuestras naciones se desgarraran en guerras fronterizas al estilo europeo y de otros pueblos.
Destacamos entonces que la Corte Internacional de Justicia de La Haya, no podía abocar la reclamación de Nicaragua, desatendiendo los organismos interamericanos. Lo mismo que no podía intervenir en el caso dado que el Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928 es anterior a la misma existencia de la Corte de La Haya, que no puede atender asuntos anteriores a su fundación, dado que en tal caso se convertiría en un ente internacional desestabilizador, en cuanto se podrían suscitar toda suerte de pleitos y reclamaciones entre las naciones, a que casi de manera inevitable se presentaran conflictos armados y situaciones desesperadas, que es precisamente lo que el alto Tribunal debe evitar.
La historia del inusitado fallo en La Haya contra Colombia está llena de episodios sospechosos, desde el mismo momento que Nicaragua comienza años atrás a buscar la forma de violar el Tratado y por décadas adelanta una labor de zapa en La Haya, que ha sido reconocida por los mismos agentes de ese país que participaron en el entuerto. Es conocida la grave denuncia contra uno de los jueces por conflicto de intereses y lo que se jugaba desde antes en torno de la posibilidad de construir un canal interoceánico por Nicaragua, razón por la cual pretendían despojarnos de nuestra soberanía allí, lo que explica que reclamaran San Andrés y Providencia, los cayos y el mar sin ningún derecho, para que les dieran lo menos que es la zona para hacer el canal por el lado del Atlántico. En ese juego embaucaron al Tribunal de La Haya, con el cuento de que Colombia era una potencia en la región que amenazaba a los cinco millones de nicas, cuando era absolutamente a la inversa: Nicaragua se constituía en una amenaza para los sesenta mil raizales colombianos de las islas, que sufrían de años la violación de sus derechos humanos y los despojaban de la pesca, práctica ancestral para sobrevivir y amenazaban su existencia de seres pacíficos.
Nicaragua, con intención proditoria y filibustera, intenta otra demanda contra Colombia, a sabiendas de que las fronteras entre las dos naciones se modifican en exclusiva mediante acuerdos diplomáticos entre los interesados, lo que hizo inaplicable el fallo. Colombia ha presentado las excepciones del caso en La Haya, para descartar la posibilidad de una nueva injerencia de la Corte en lo que atañe a la plataforma continental extendida de más de 200 millas por la que iría Nicaragua, que llegaría cerca de las playas de Cartagena... Fuera de eso, como lo recuerda la Cancillería de San Carlos, Colombia no es signataria de la Convención del Mar y por tanto está fuera de su jurisdicción.