- Los tiempos de la Corte Constitucional
- El repunte económico debe protegerse
La seguridad jurídica es uno de los elementos clave dentro del desarrollo económico. En la medida en que las reglas del juego son estables, el clima de negocios, las proyecciones de inversión, las decisiones empresariales de mediano y largo plazos así como las políticas de empleo, cronogramas de gasto y los flujos de ingresos y egresos del sector público o privado se pueden pronosticar e implementar con mayor nivel de certeza. Colombia se ha distinguido en las últimas décadas precisamente porque ofrece un nivel de estabilidad normativa alto, lo que ha sido reconocido por instancias nacionales e internacionales, marcando un diferencial muy importante frente a otras naciones de la región y potencias económicas emergentes de distintas latitudes.
La coyuntura económica global es muy delicada. Las proyecciones de los entes financieros multilaterales señalan que el crecimiento promedio latinoamericano no llegaría al 1%. Pocos países sobresalen en ese escenario cuasi-recesivo. Colombia, pese a sus altas y bajas en los últimos años, podría ser de las naciones de mejor desempeño, al punto que instancias oficiales y privadas siguen apostando a que la economía local podría acercarse en diciembre próximo a un incremento cercano al 3% como porcentaje del Producto Interno Bruto.
Colombia es un Estado de Derecho con una clara separación de poderes, que si bien tienen un mandato constitucional que los conmina a una colaboración armónica, cada cual conserva su respectiva autonomía y discrecionalidad funcional. Cada rama del poder público, dentro de sus respectivas facultades, tiene tiempos y normativas de funcionamiento claramente definidas y mientras actúe dentro de las mismas no es dable ni conveniente presionar decisiones ni adopción de medidas. La misma Carta Política y sus desarrollos legales contemplan los mecanismos de excepción y procedimientos extraordinarios a que se puede acudir en situaciones de emergencia, sobrevinientes o imposibles de atender o tramitar por la vía ordinaria.
Todo lo anterior viene a cuento en momentos en que el país se encuentra a la expectativa respecto al fallo que debe producir la Corte Constitucional sobre una veintena de demandas interpuestas por distintos actores contra la Ley de Financiamiento. Esta fue presentada en el segundo semestre del año pasado por el entonces entrante gobierno Duque al Congreso y tras un accidentado debate fue aprobada a finales de diciembre como plataforma de salvavidas fiscal para todo el cuatrienio. Como todo el país lo tiene presente, esa reforma tributaria inicialmente contemplaba un horizonte de recaudo de alrededor de $14 billones pero, tras fuertes recortes, especialmente la negativa a ampliar el IVA a más productos de la canasta familiar, el Parlamento dio visto bueno a una ley que prevé el ingreso a las arcas oficiales de no más de $8 billones. El faltante, indicó el Ejecutivo, se compensaría con mayor ajuste al gasto público, ventas de activos estatales, flexibilización de la regla fiscal y aumento del cupo de endeudamiento.
A medida que se acerca el vencimiento de los términos para que el alto Tribunal emita las respectivas sentencias y, de forma paralela, comienzan a cumplirse los plazos máximos de pago de algunas de las tasas impositivas -como la declaración de activos en el exterior, que debe hacerse antes del miércoles próximo-, la expectativa alrededor de la suerte de la Ley de Financiamiento ha aumentado sustancialmente. No solo porque el Gobierno y los gremios productivos urgen a la Corte pronunciarse a favor de la exequibilidad de la norma tributaria, aduciendo que el repunte económico de este año se debe en parte a sus efectos, sino porque en los medios de comunicación así como en los corrillos políticos y jurídicos circulan versiones que señalan que las ponencias en estudio en el alto Tribunal apuntan a que la Ley de Financiamiento se hundiría parcial o incluso totalmente.
Como se dijo, no es adecuado ni conveniente presionar a la Corte para que produzca sus fallos. De hecho se sabe que los magistrados están a la espera de varios conceptos y estudios de expertos, instancias y centros económicos especializados sobre los alcances de algunos de los artículos cuestionados en las demandas contra esa reforma tributaria. Es necesario que esas claridades que requieren los magistrados se hagan y la sentencia se tome sobre la mayor certeza y precisión posibles, más aún en un tema tan delicado. Sin embargo, no se puede desconocer que la incertidumbre que se está generando respecto a cuál sería el sentido de la decisión judicial y qué normas impositivas podrían o no pasar el examen de constitucionalidad, podría empezar a afectar el clima de recuperación económica en el cierre de este año. Un riesgo muy alto. En ese orden de ideas, sí es viable pedirle al alto tribunal que, en la medida de sus posibilidades y preservando al máximo su competencia, acelere sus análisis y emita el fallo, sea cual sea el sentido.