La decisión del Consejo de Estado que exige al Ministerio de Salud y Protección Social proyectar en menos de nueve meses una regulación sobre el consumo y venta de las llamadas bebidas energizantes genera, sin duda alguna, un antecedente positivo.
Es claro que la comercialización de estas bebidas no es improvisada y que para lograr las licencias de venta al público se acreditaron los estudios pertinentes que demostraron que podían ser consumidas sin riesgo alguno y de venta libre.
Sin embargo, el boom en el consumo de las mismas sí ha generado preocupación en muchas familias, a tal punto que, incluso, se conocen casos de escuelas y colegios en donde la venta de este tipo de bebidas fue restringida por petición de las propias asociaciones de progenitores. Los mismos profesores han advertido que se volvió una especie de ‘moda’ entre jóvenes estudiantes, no sólo de escuelas y colegios sino también en la educación superior, consumir este tipo de productos bajo la creencia de que aumentan su capacidad de resistencia y rendimiento académico, o hasta como una salida rápida para neutralizar o esconder los efectos del comúnmente llamado ‘guayabo’ o resaca, tras la ingestión de licor pocas horas antes de las clases. Es más, cada día aumentan los profesores de educación física que alertan a sus alumnos sobre las precauciones que deben tener cuando toman estas bebidas, sobre todo en exceso, debido al efecto que podría tener una sobrecarga calórica.
De allí que sea más que pertinente la orden que dio la Sección Primera del Consejo de Estado al resolver una acción popular en la que los requirentes pedían del Estado una regulación a la venta y consumo de los llamados productos energizantes que son de venta libre. Como se dijo, no se está diciendo que sea peligroso o perjudicial el consumo de estas bebidas, sino que debe alertarse de forma más directa y expresa sobre los eventuales riesgos que podría implicar su consumo excesivo para algunas personas, sobre todo por condiciones muy particulares de las mismas, como podría ser la edad, estado de gravidez o hipersensibilidades a determinadas sustancias como la cafeína.
Más allá de este caso en particular, en el que el Ministerio y el Invima deberán tomar cartas inmediatamente, aunque los productores podrían adoptar desde ya las medidas recomendadas, lo cierto es que en no pocas ocasiones hemos urgido desde estas páginas que debe extremarse el control a la venta libre de algunos productos alimenticios.
Por ejemplo, las ventas ambulantes de comida y bebidas no son sometidas a la vigilancia permanente que deberían tener. Es más, los precios de los productos llegan a ser tan bajos en algunos casos que, por lógica simple y llana, deberían generar sospechas no solo de la ciudadanía en general sino de las autoridades. Igual ocurre con el alud de programas de dietas que basados en la ingestión de productos que no tienen licencia sanitaria alguna, se ofrecen a diario en andenes o métodos de venta puerta a puerta.
Es claro que en materia de productos autorizados y con respaldos de marca, los controles para garantizar su calidad se han incrementado sustancialmente en Colombia. Pero en el comercio informal, pese a que es visible en cada esquina, todavía estamos en pañales, sobre todo en las ventas ambulantes de comidas, muchas de las cuales se realizan sin las mínimas condiciones de salubridad, higiene y control de calidad. Es allí en donde debe actuarse con mayor rigor y prontitud.