· Yerro en ajuste a detención preventiva
· Reformar Política Criminal del Estado
A comienzos de julio próximo alrededor de once mil sindicados por delitos comunes que hoy están en la cárcel quedarán en libertad. Y lo harán por virtud de la Ley 1760 de 2015 o de Racionalización de la Detención Preventiva, impulsada por el Gobierno el año pasado para poner freno a los casos en donde un procesado permanece dos años o más tras las rejas sin ser condenado ni resuelta su situación jurídica.
Obviamente la noticia ha prendido las alarmas en muchos sectores de la opinión pública, generando profundos debates. De un lado están quienes consideran, primero, que si se produce tal excarcelación masiva se dispararán los ya críticos índices de inseguridad ciudadana y, segundo, que en el fondo lo que hay aquí es una medida desesperada y facilista del Estado para disminuir el alto grado de hacinamiento en las cárceles. En la otra orilla están quienes defienden la norma argumentando no sólo que en la teoría penal moderna la privación de la libertad es cada día más exigente, sino que es violatorio del debido proceso y de los derechos de los reclusos tenerlos tanto tiempo sin condenarlos o declararlos inocentes. Suman a ello que por cuenta de la morosidad judicial la Nación se expone a un alud de demandas que, citando estadísticas del Ministerio de Justicia, tienen hoy al Estado afrontando 18 mil pleitos por más de 25 billones de pesos por detenciones injustas o arbitrarias.
Lo cierto es que la ley 1760 fue presentada e impulsada en el Congreso por el Gobierno y la Fiscalía, tras un llamado de la Corte Constitucional a que se racionalizara la figura de la detención preventiva. Ello ante la evidencia de que los fiscales y jueces estaban haciendo un uso excesivo de la privación de la libertad de los sindicados, pese a que hay otras diez medidas de aseguramiento que no implican encarcelamiento y son procedentes en muchos casos: mecanismos de vigilancia electrónica, presentación periódica del procesado ante un juez, prohibición de salir del país, prestación de una caución, observación de buena conducta, prohibición de concurrir a determinados sitios o de comunicarse con determinadas personas o con las víctimas, entre otras.
Así las cosas, se aprobó a mediados del año pasado la Ley de Racionalización haciendo más exigentes los requisitos para dictar una medida privativa de la libertad y restringiéndola, sobre todo, a los casos de delitos graves, cuando el sindicado es un peligro para la sociedad o puede, si no está tras las rejas, afectar el acervo probatorio y los testigos en su contra. Paralelamente, para obligar a la justicia penal a ser más efectiva, la norma hizo más drásticos los términos procesales que van desde la captura, presentación del escrito de acusación y el inicio de la audiencia de juicio oral, así como entre esta última instancia y la lectura de fallo.
Visto ello, el hecho de que en julio puedan quedar en libertad casi 11 mil presos no un es asunto sobreviniente, pues la Ley daba un término perentorio para que fiscales y jueces se pusieran al día con los procesos de personas encarceladas y les resolvieran su situación jurídica. Aunque hay algunos juristas que advierten que se pudo pecar por ingenuidad al considerar que la justicia penal podría superar su atraso procesal en un tiempo tan corto, y que no se tomaron las medidas logísticas y presupuestales de choque respectivas, lo cierto es que la salida de la cárcel de esa gran cantidad de reclusos sindicados de delitos ordinarios es inevitable.
Otra cosa, y allí sí hubo un error craso en la 1760, es que no se diferenció entre los sindicados de delitos comunes y aquellos a los que se les imputan graves violaciones de la ley como homicidio agravado, concierto para delinquir agravado, desaparición forzada, terrorismo, genocidio, abuso sexual, corrupción y otras conductas propias de la justicia especializada. En vista de que alrededor de 4.000 de estos sindicados también podían recuperar su libertad a comienzos de julio, fue necesario presentar un proyecto de ley de urgencia al Congreso para dar a la justicia un año más en estos casos. Esa iniciativa, afortunadamente, ya recibió el visto bueno de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara, y se espera que las plenarias la aprueben en menos de dos semanas para evitar una excarcelación de los imputados en procesos de “especial complejidad investigativa”.
Toda esta situación se presenta en momentos en que la Corte Suprema de Justicia se dispone a elegir al Fiscal General de la Nación y cuando el nuevo Ministro de Justicia ha indicado que se requieren ajustes a la Política Criminal del Estado. Pues bien, siendo tan grave esta coyuntura, altas Cortes, ternados y Gobierno deben poner sus cartas sobre la mesa.