El subsidio que otorga el Gobierno Nacional a las nóminas de las pequeñas empresas debe beneficiar también a las empresas que tengan menos de tres empleados, pues el objetivo de la norma es preservar los puestos de trabajo generan todos los empresarios en el país.
Así lo conceptuó la Procuraduría General de la Nación en concepto enviado a la Corte Constitucional frente a la exequibilidad de la Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada por el Ejecutivo para enfrentar la pandemia de coronavirus.
Según el Ministerio Público, el artículo 1 del Decreto Legislativo 677 de 2020, que incluyó modificaciones al Programa de Apoyo al Empleo Formal –PAEF-, “brinda un trato desigual” a esas empresas al excluirlas del beneficio, sin tener en cuenta que aparte de generar empleo, “tanto empleadores como trabajadores son afectados por las circunstancias excepcionales de confinamiento y de inactividad económica”.
El órgano de control agregó que el artículo 6 de la norma no menciona que los recursos girados deberán ser destinados única y exclusivamente al pago de los salarios de los empleados, como sí lo indicaba el Decreto Legislativo que dio origen al PAEF (639 de 2020).
Para la Procuraduría, esa omisión no tiene justificación pues el objetivo del programa es otorgar un apoyo a las nóminas para garantizar que los trabajadores tengan capacidad para cubrir los gastos necesarios para su sostenimiento y el de su familia.
Por ello, dice, “no es posible que la ley de excepción habilite a desmejorar los derechos de los trabajadores, en contravía del objeto mismo del programa”.
Por esa razón, el Ministerio Público solicitó mantener en la norma la precisión hecha en el sentido que esos dineros serán destinados de manera exclusiva al pago de los salarios de los trabajadores.