Facturas a mipymes deberán pagarse en 60 días desde el 1 de enero | El Nuevo Siglo
EL PAGO de los compromisos de las mipymes deberá hacerse en un periodo no mayor a dos meses./ENS
Foto archivo ENS
Lunes, 28 de Diciembre de 2020
Redacción Economía

El viacrucis que sufrían el pago de las facturas, los micro, pequeños y medianos empresarios, así como los trabajadores independientes, se acabará a partir del primero de enero de 2021.

En esa fecha arranca en firme la aplicación de la ley de pago a plazos justos, la cual ya fue reglamentada por el Gobierno y que pone como tiempo máximo de cancelación 60 días a las facturas que las pequeñas empresas, emprendedores y personas independientes emiten a sus compradores, grandes corporaciones, principalmente.

La norma expresamente define como cobijados por este ordenamiento "la venta o intercambio profesional de productos (bienes y servicios) de manera onerosa y a cambio de una rentabilidad", sin importar, además, quién ejerza dicha transacción, es decir que aplica entre comerciantes o personas naturales no comerciantes.

También indica que no están cobijadas las facturas de compra para consumo directo o las de préstamos de dinero ni las de contratos de seguros. Tampoco aquellas relacionadas con indemnización por daños, contratos suscritos entre grandes empresas y los que corresponden a procesos de insolvencia de comerciantes y personas naturales no comerciantes.

Adicional, durante el 2021 el plazo máximo de pago será de 45 días, lo que es, en palabras del ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, una gran noticia "para la dinamización de los negocios":

La reglamentación contempla que las entidades del Estado también deberán cumplir con esta norma.

Liquidez

Con la ley de Pago a Plazos Justos los empresarios tendrán el flujo de capital adecuado, para que puedan invertir en innovación para su desarrollo, superar los retos que nos impone la crisis económica del covid-19 y mantener el empleo que generan”, afirmó el autor del proyecto de ley, el representante a la Cámara por Bogotá Mauricio Toro (Alianza Verde).

“También nuestras empresas serán más competitivas y productivas, incidiendo incluso en el precio final del consumidor porque si no se tienen que endeudar más con un banco, se podría trasladar el precio al consumidor final reducciones importantes en los precios de bienes y servicios” agregó.

De esta manera Colombia se alinea a países como Chile, España, Australia y Reino Unido que han regulado los plazos de pagos a proveedores, que en casos no aislados, superan más de los 90, 120 o 180 días, lo cual golpea fuertemente los márgenes de rentabilidad y la liquidez de las empresas, en su mayoría pequeñas y medianas, que en el país representan más del 90% del sector productivo. 

El senador Efraín Cepeda (Conservador), que fue ponente del proyecto cuando se debatió en el Congreso, señaló que esta nueva ley “está protegiendo a las micro, pequeñas y medianas empresas, a las que al 40% les pagan a 90 días y al resto a más de 100 días. Aquí lo que está en juego son las empresas que generan 40% del PIB, alrededor de 17 millones de empleos, donde están las micro que son las peor tratadas por el sistema financiero”.

Advertencias

Aunque esta ley tuvo el respaldo de más de 20 gremios, en su momento la Andi y Fenalco, hicieron varias advertencias de oposición.

Desde Fenalco aludieron que se debía reconocer la libre autonomía privada, dando prevalencia a los acuerdos entre las partes, en la relación entre medianas y grandes empresas “y permitir una flexibilidad para que puedan fijar los plazos máximos de pago libremente, de acuerdo con las características de los bienes y servicios que comercializan”.

Desde la Andi señalaron que les preocupa “que el Estado intervenga en los acuerdos entre privados” y que este sea “un incentivo a importaciones consiguiendo proveedores en otros países”

Precisamente en el debate se concertó la no inclusión dentro del articulado del proyecto el “acuerdo entre privados” que venía promoviendo la Andi, lo que significa que las grandes empresas no podrán imponer periodos de pago diferentes a las que contempla esta ley, eliminando así la posibilidad de que ejerzan su posición dominante sobre las empresas más pequeñas. Las operaciones mercantiles entre grandes empresas quedaron excluidas de la aplicación de la ley.