El Departamento Nacional de Planeación (DNP) deberá generar estrategias aplicables para que los habitantes de calles sean incluidos en el Sisbén, así lo ordenó la Corte Constitucional al considerar que esta población debe beneficiarse de los programas sociales que maneja la entidad.
En consecuencia será necesario que el DNP incluya una nueva categoría, la 0 (cero) para que los habitantes de calle puedan -por ejemplo- acceder al proceso de cedulación.
La Corte resolvía el caso de un indigente rehabilitado que quiso sacar su cédula, pero no pudo hacerlo porque la Registraduría le exigió pagar $35 mil pesos para realizar el trámite. De tal manera que el Alto Tribunal también ordenó a la Registraduría tomar medida para que esta población pueda acceder de manera gratuita a su documenta nacional de identidad.
“Lo anterior, debido a que esas entidades, en especial el DNP, no han consagrado un método de inclusión de la población habitante de la calle en la base de datos del Sisbén a nivel nacional. Lo que resulta discriminatorio frente a ese grupo poblacional, en tanto incrementa las desigualdades sociales y económicas en que se encuentran, y perpetúa la situación de exclusión y marginación social en la que viven”, señaló la Corte.