En fallo de primera instancia la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por el término de veinte años al soldado Alexander Guzmán Urrego por incurrir en grave violación al Derecho Internacional Humanitario.
Los hechos se relacionan con la muerte de un civil, en momentos en que el uniformado investigado se encontraba adscrito al Batallón de Contraguerrillas número 80 de la Brigada Móvil 11, durante la Misión Táctica Oportunidad, el 30 de marzo de 2005.
De acuerdo con la investigación, ese día el señor José Israel Oliveros, quien de acuerdo con los familiares tenía problemas mentales, se desplazaba de La Vega del Inglés, corregimiento de Peque, Antioquia, para su casa, y a las 8 de la mañana fue retenido por miembros del Ejército Nacional que le quitaron las botas, la camiseta y luego le dieron muerte.
Según la versión rendida por el soldado Guzmán Urrego, la muerte del civil se produjo como reacción a un ataque en momentos en que se desarrollaba un operativo contra grupos armados ilegales.
Pero el Ministerio Público concluyó que la muerte de Caro Oliveros no se presentó dentro del contexto de un contacto armado, por cuanto de acuerdo con las pruebas había sido retenido con anterioridad y obligado a quitarse las botas, por lo que no estaba ejecutando actividades de combate para el momento de su muerte.
Consideró que los hechos se presentaron como una infracción al deber funcional, fuera del contexto de un combate y la persona que resultó muerta ostentaba la condición de persona protegida por el Derecho Internacional Humanitario.
En el fallo de primera instancia, el Órgano de Control absolvió al hoy Capitán Ramiro Romero y al Cabo Alex Leonar Córdoba.
Contra la decisión procede el recurso de apelación.