Por irregularidades en la contratación, la Procuraduría General confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general por el término de diez años a Reinaldo Bohórquez Gómez, en su calidad de alcalde municipal de Villanueva (Santander) para la época de los hechos.
Al resolver el recurso de apelación, la Procuraduría Regional Santander concluyó que el ex alcalde incurrió en falta disciplinaria sancionada como gravísima cometida a título de dolo, por incumplir los principios de eficacia y publicidad que rigen la contratación estatal.
El Ministerio Público demostró que la falta disciplinaria se configuró al omitir el deber de selección objetiva en la celebración de los contratos de suministro del 31 de octubre de 2007, así como el contrato para el alquiler de una motoniveladora suscrito el 13 de diciembre de 2007 y el contrato de prestación de servicios para dirección de obra suscrito el 30 de agosto de 2007.
De acuerdo con las pruebas, los cuatro contratos y las adiciones que se hicieron el 31 de octubre de 2007 fueron celebrados para un mismo objeto, el cual fue mantenimiento de vías en el municipio de Villanueva con la ejecución de los recursos provenientes del convenio 1101 del 7 de junio de 2007 con INVIAS.
Por lo anterior, se concluyó que lo dichos contratos se celebraron con el propósito de eludir la selección objetiva, teniendo en cuenta que la contratación ascendió a la suma de $ 139’286.868 pesos, que exigía la celebración de un solo contrato bajo el procedimiento de la licitación pública.
Para el órgano de control, si bien es cierto la ejecución del objeto contractual, que era el mantenimiento vial implicaba una serie de actividades como el suministro de materiales, utilización de maquinaria, conocimientos técnicos para la extensión del material, entre otros, “no era óbice para que se celebraran distintos contratos, en igual fecha como los celebrados con CORVIAS & EMCOVIAS el 31 de octubre de 2007 y adicionados el 4 de diciembre de 2007, y con el mismo objeto, mantenimiento de vías en el Municipio de Villanueva, Santander,” máxime cuando los recursos pertenecían al mismo rubro presupuestal.