Descartan constituyente para refrendar acuerdos de paz | El Nuevo Siglo
Jueves, 29 de Octubre de 2015

Es necesario que el país discuta si hay necesidad de crear instrumentos para la refrendación de los acuerdos de paz que se discuten en La Habana con las Farc, ante las dificultades que hoy presentan los que prevé la Constitución, dijo ayer el jefe negociador del Gobierno, Humberto de la Calle.

Sin embargo, horas después del que el expresidente Uribe propusiera “una constituyente limitada a los acuerdos de La Habana, de elección popular, que lo ratifique, lo reforme, les adicione, les quite”, De la Calle descartó de plano este mecanismo.

“Una constituyente no es verdaderamente un mecanismo de refrendación, es la apertura de un nuevo debate, es como la segunda instancia de lo convenido en La Habana, es terminar un trabajo en La Habana y regresar a rediscutir o a incorporar temas nuevos  a través de este mecanismo. No es el punto final del diálogo sino el comienzo de un nuevo diálogo”.

Además recordó que el proceso para convocar una constituyente es el más difícil de todos porque se requiere una ley aprobada por el Congreso, luego una primera votación popular para convocarla, “y allí se exige el voto favorable de al menos la tercera parte del cuerpo electoral, o sea 10 millones de electores aproximadamente”. Y luego otra elección para surtir los escaños de los miembros de la asamblea.

“Creemos que es un mecanismo tan complejo y tan engorroso que solo por razones prácticas, más allá de las razones de fondo, pensaríamos que ese camino está lleno de riesgos y dificultades”.

De la Calle expresó que “la expresión refrendación no proviene del lenguaje jurídico escrito, proviene de la agenda de La Habana. La refrendación es un género dentro del cual cabrían varias especies. Unas, las que corresponden a los mecanismos que ya están vigentes: referendo, consulta popular, plebiscito y las Farc agregan la asamblea constituyente. Pero también hay opciones que podrían permitir crear nuevos instrumentos, que cabrían dentro de esa sombrilla genérica de la llamada refrendación. Luego también un asunto muy pertinente es que discutamos si estamos ante la necesidad de idear mecanismos nuevos que superen muchas de las dificultades de los mecanismos vigentes”.

En ese sentido aseveró que los instrumentos actuales previstos por la Constitución “todos tienen enormes riesgos y dificultades”.

Sin embargo aclaró De la Calle que el tema de la refrendación no ha sido discutido en la mesa de La Habana y “honrando nuestra palabra, de acuerdo con la agenda pactada, los mecanismos de refrendación tienen que ser discutidos allá y naturalmente llevados a la realidad aquí a través de los mecanismos ordinarios de producción de normas jurídicas”.

A renglón seguido, De la Calle desmenuzó los otros instrumentos previstos en la normatividad para que el pueblo se manifieste en las urnas, en este caso para refrendar o no los acuerdos de paz, frente a lo cual señaló los pro y los contra.

 

Consulta popular

La consulta popular tiene ventajas, dijo, porque no exige una ley previa, basta un concepto favorable del Senado, la decisión del pueblo genera políticas obligatorias, pero  no constituye textos vinculantes en  sí mismos. Es decir, “marca un rumbo, pero exige nuevos desarrollos de carácter legal”.

Destacó que su control constitucional es posterior, “entonces muestra una mayor facilidad para llevar a cabo una consulta popular”.

Sin embargo señaló que el mecanismo también presenta desventajas, como es que el umbral de participación es alto, lo que contrasta con el alto índice de abstención en las elecciones. “Un tercio del cuerpo electoral equivale aproximadamente a 10 millones de votos para la validez de la consulta”.

Referendo

Dijo De la Calle que es “una opción bastante buena, produce textos normativos”, pero se requiere una ley que lo convoque y que esta ley sea sometida a un control constitucional previo. “Se exige una participación alta, menos alta que en la consulta, una cuarta parte del censo electoral: estamos hablando de 7,5 u ocho millones de personas presentes en las urnas”.

Además dijo que una sentencia de la Corte Constitucional sobre un referendo en el gobierno anterior, cada pregunta que se formule a la ciudadanía es un referendo, “lo cual genera un desafío enorme que lo hace difícilmente practicable para una multiplicidad de aspectos que estamos tocando en La Habana”. Sería muy difícil un referendo de 100 o 150 preguntas.

Plebiscito

De este mecanismo de participación ciudadana dijo que “es un animal raro, no ha sido utilizado desde el 91, que tiene propósitos todavía relativamente desconocidos en la medida que no hay antecedentes, jurisprudencias ni mayores desarrollos legales sobre el particular”.

Sobre las ventajas que presenta dijo que lo convoca el Presidente con la firma de los ministros, no tiene control previo constitucional, “pero tampoco produce textos vinculantes y según las voces de la Constitución se refiere mayormente a la aprobación o negación de políticas del Ejecutivo que no requerirían aprobación del Congreso, lo cual ya genera una cierta duda e incertidumbre sobre su viabilidad”.

En ese sentido hizo referencia al proyecto de ley estatutaria que presentó el Partido de La U al Congreso, “plebiscito para la paz que tiene ciertas características interesantes sobre las cuales debemos reflexionar en todo caso en una línea que creo que es la razonable en este momento, la necesidad, y aún hay tiempo, de establecer un mecanismo nuevo que supere los obstáculos actuales, pero que brinde la totalidad de las garantías a cada ciudadano sobre las decisiones que en su intimidad tiene que tomar respecto de lo acordado”.

 

Humberto de la Calle dijo que el presidente Santos cumplirá su promesa de poner a consideración de los colombianos los acuerdos de paz. /Universidad del Rosario