Desacuerdo sobre beneficios a uniformados en Marco para la Paz | El Nuevo Siglo
Miércoles, 15 de Febrero de 2012

 

A partir de marzo arrancará en la Comisión Primera de Cámara la discusión en segunda vuelta del proyecto que establece un Marco Jurídico para la Paz, el cual busca servir para futuras desmovilizaciones. Sin embargo, por estos días no hay claridad sobre si los uniformados también se beneficiarían de esta norma.

Hace algunos meses su autor y ponente senador Roy Barreras dijo que los beneficios jurídicos en el marco del modelo de justicia transicional serán para las personas que se desmovilicen en el marco de un proceso de paz.

En ese sentido el proyecto señala que “en el marco de la justicia transicional, sin perjuicio del deber general del Estado de investigar y sancionar las graves violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario, el Congreso de la República, por iniciativa del Gobierno Nacional, podrá mediante Ley determinar criterios de selección y priorización que permitan centrar los esfuerzos en la investigación penal de los máximos responsables de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra; establecer los casos en los que procedería la suspensión de la ejecución de la pena; y autorizar la renuncia a la persecución judicial penal de los casos no seleccionados”.

La semana anterior, ante el planteamiento que uniformados implicados en casos de delitos de lesa humanidad pudieran ser cobijados por este proyecto, el ministro del Interior Germán Vargas explicó que “no establece casos específicos de uniformados involucrados o detenidos por hechos relacionados con el conflicto armado interno para que sean beneficiarios de la justicia transicional”.

Sin embargo, Barreras señaló en días pasados que “lo cierto es que el marco de justicia transicional, tal y como está, y con la aprobación que espero que le dé el Congreso en la segunda vuelta, podría permitir un tratamiento diferencial, en su momento, para encontrar allí la solución constitucional para los militares en el caso del Palacio de Justicia y cualquier otro caso que se refiera a delitos cometidos en el marco del conflicto, no para delitos comunes por fuera del servicio”.