Demanda electoral. A la Sección Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado llegó una Acción electoral de nulidad contra el acto administrativo por el cual el Senado de la República eligió a su secretario general, Gregorio Eljach Pacheco, el primero de agosto de 2012, por vulneración de los artículos 108, 133 y 146 de la Constitución.
Demandantes. Firman la demanda los abogados Rodrigo Uprimny Yepes, José Rafael Espinosa Restrepo y Paula Rangel Garzón, miembros del Centro de Estudios ‘Dejusticia’, y Camilo Mancera, miembro de la Misión de Observación Electoral (MOE), quienes con fundamento en los artículos 139, 149, 164 y 275 al 296 (disposiciones especiales para el trámite y decisión de las pretensiones de contenido electoral) del Código Contencioso presentaron ante ese despacho la Acción de nulidad.
Pretensiones.La Barca conoció las pretensiones de los demandantes: Primero: Que se ordene la suspensión provisional del acto administrativo por el cual el Senado eligió como su secretario a Eljach Pacheco el primero de agosto de 2012.
Segundo: Que como consecuencia de lo anterior, se suspenda su elección.
Tercero: Que se declare la nulidad del acto administrativo.
Cuarto: Que se ordene al Senado la repetición de la elección, mediante voto nominal y público.
Hechos.El primero de agosto pasado se cumplió la sesión para la elección de secretario general del Senado, de conformidad con el artículo 135 de la Constitución, y el artículo 46 de la Ley quinta del 92. El presidente del Senado, Roy Barreras, mencionó que en una sesión pasada la plenaria estableció que la votación sería nominal y pública, de acuerdo con el artículo 133 de la Carta Magna. Sin embargo, advirtió que los congresistas tienen derecho a votar de forma secreta, dejando a discreción de cada uno de los senadores la forma de votar.
Libertad. Los partidos Liberal, Cambio Radical, MIRA, PIN y la Alianza Social Indígena decidieron dejar en libertad de voto a sus bancadas, y elegir si lo harían de manera pública o secreta. El partido Verde y el Movimiento Progresista votaron de manera pública por Juan Carlos Lancheros; el Movimiento Aico y el Polo optaron porque sus bancadas lo hicieran de manera pública y en blanco. El senador Juan Lozano expresó que la bancada de La U votaría de manera pública y nominal. El senador conservador José Darío Salazar recalcó la importancia del voto secreto y su copartidario Juan Manuel Corzo propuso la aplicación del artículo 136 de la Ley quinta, que le otorgaba el poder de decidir la manera del voto al presidente del Senado.