Desde el próximo 12 de agosto y hasta el 22 de octubre de 2014, cerca de 2,15 millones de colombianos deberán declarar renta. Este volumen de declarantes supera al del año pasado cuando el tributo fue declarado por 1,4 millones de personas.
Según lo dispuesto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, los nuevos contribuyentes corresponden a personas naturales entre los que están empleados, trabajadores independientes o empresarios independientes que no conforman sociedades.
Desde ese día, los nuevos declarantes deberán acudir a bancos o sedes de la DIAN. Para tener certeza del día en que deben hacerlo y se puedan acoger a los plazos establecidos para el pago, los ciudadanos deben consultar con la entidad de impuestos teniendo en cuenta los dos últimos dígitos de su cédula.
De acuerdo con la firma Crowe Horwath, este incremento en el volumen de personas que deben declarar renta surge de la última reforma tributaria. El impacto de la Ley 1607 de 2012 y los decretos reglamentarios emitidos en el 2013 relacionados con el nuevo régimen de impuesto sobre la renta para personas naturales, extendió la base gravable de este tipo de tributo.
El principal cambio se refleja en el tope de ingresos establecido para declarar, que es de 1.400 Unidades de Valor Tributario (UVT) equivalentes a $37.577.000. Para estos ingresos brutos se deben sumar todos los que provienen de cualquier actividad económica, independientemente de la categoría de persona natural a la que pertenezca.
En tal sentido, las nuevas categorías son de empleados, trabajadores por cuenta propia, o personas de renta ordinaria.
De acuerdo con la entidad tributaria, además de los ciudadanos que superen el tope de ingresos establecidos deberán declarar renta las personas con nacionalidad colombiana y los extranjeros con una permanencia en el país superior a 183 días, y que cumplan con otros requisitos como contar con un patrimonio bruto mayor a $120.785.000, haber realizado compras con tarjetas de crédito superiores a $75.150.000, consignaciones bancarias, depósitos e inversiones financieras mayores a $120.785.000 y recaudo de IVA correspondiente al régimen común.
En declaraciones que el exdirector de la DIAN, Juan Ricardo Ortega, dio a El Nuevo Siglo, no necesariamente todas las personas que declaren deben pagar por el impuesto, si detallan que para el recaudo deben tener en cuenta las deducciones como los pagos de seguridad social y los montos por créditos hipotecarios.
Señaló que tanto a los empleados como a los trabajadores por cuenta propia, los empleadores les hacen retenciones mensuales que, según la ley, son un pago anticipado del impuesto de renta. Así, la persona no tendría que cumplir con la obligación de pagar sumas adicionales al momento de hacer la declaración.
De acuerdo con las cifras de la entidad recaudadora, el año pasado el fisco recibió $1,1 billones por el concepto de impuesto de renta de personas naturales. Lo anterior significa que 1,4 millones de ciudadanos declararon. Este año, y bajo el panorama planteado por la reforma tributaria, la DIAN aspira a que ingresen $2 billones por este concepto, que corresponden a 2,15 millones de contribuyentes.
Respecto a las deducciones, la DIAN indicó que las personas pueden aplicar las relacionadas con dividendos, participaciones que no hayan sido establecidas en cabeza del trabajador, indemnizaciones en dinero o en especie, aportes al sistema de seguridad social a cargo del empleado, gastos de representación considerados como exentos de impuesto de renta y pagos catastróficos en salud que no fueron cubiertos por la medicina prepagada o POS.