De acuerdo con una resolución de una consulta elevada por el Ministerio de Tecnologías de la Información (TIC), el Consejo de Estado decidió que Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP no puede conservar ni usar los bienes que pertenecían a Telecom en Liquidación y que no eran usados para prestar el servicio de comunicaciones.
“Por tal razón, dichos bienes deberán ser devueltos a Telecom, a las empresas teleasociadas o a quienes representen sus intereses”, dice uno de los apartes del documento divulgado.
Es así que el Consejo de Estado evaluó un informe de la Contraloría General, “el cual advertía que constituye un detrimento patrimonial el que la nueva entidad mantenga en su poder bienes no destinados a la prestación de ese servicio y los explote comercialmente”.
Por ello, la Sala de Consulta y Servicio Civil, con ponencia del magistrado William Zambrano Cetina, explicó que dichos bienes formaban parte de la “masa de liquidación y se encuentran sujetos a las reglas de contabilización”.
Por tanto, no deberían formar parte del contrato de explotación suscrito por las entidades liquidadas y la nueva operadora del servicio de telecomunicaciones.
Según el pronunciamiento, añadió el Consejo de Estado, dichos bienes no podían ser entregados de forma gratuita y sin ninguna contraprestación a la nueva empresa, “pues están destinados a cubrir el pago de las deudas y pasivos que dejaron las empresas”.
El contrato prevé el derecho de Telecom y las teleasociadas en liquidación, “a obtener la restitución de los bienes que no se destinan a la prestación del servicio o que Colombia Telecomunicaciones deje de requerir para ello”, afirmó la Sala en su concepto divulgado ayer ante los medios.