De los cambios en la ANLA | El Nuevo Siglo
Domingo, 5 de Junio de 2016
Por Álvaro Sánchez 
Especial para EL NUEVO SIGLO 
 
En los días anteriores hemos presenciado un lamentable espectáculo de lucha política por una de las posiciones más importantes de nuestro país, no solo desde la perspectiva ambiental sino también desde los aspectos del desarrollo, el crecimiento económico y las expectativas futuras de supervivencia de nuestra especie en este planeta. Estoy hablando de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
 
Esta institución creada mediante el decreto 3573 de 2011, tiene como función principal lograr “que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible del país”.  
 
Entre otras funciones generales contempladas en el artículo tercero de dicho decreto, están las siguientes:
1. Otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la ley y los reglamentos.
2. Realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. 
3. Administrar el Sistema de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales (SILA) y Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (Vital). 
4. Velar porque se surtan los mecanismos de participación ciudadana de que trata la ley relativos a licencias, permisos y trámites ambientales. 
5. Implementar estrategias dirigidas al cuidado, custodia y correcto manejo de la información de los expedientes de licencias, permisos y trámites ambientales. 
6. Apoyar la elaboración de la reglamentación en materia ambiental. 
7. Adelantar y culminar el procedimiento de investigación, preventivo y sancionatorio en materia ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en la norma.
8. Adelantar los cobros coactivos de las sumas que le sean adeudadas a la ANLA por todos los conceptos que procedan. 
9. Ordenar la suspensión de los trabajos o actividades, en los casos en los que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible haga uso del ejercicio discrecional y selectivo sobre los asuntos asignados a las Corporaciones Autónomas Regionales. 
10. Aprobar los actos administrativos de licencias ambientales para explotaciones mineras y de construcción de infraestructura vial y los permisos y concesiones de aprovechamiento forestal de que tratan los artículos 34, 35 y 39 de la Ley 99 de 1993.
11. Dirimir los conflictos de competencia cuando el proyecto, obra o actividad sujeto a licencia o permiso ambiental se desarrolle en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales. 
12. Desarrollar la política de gestión de información requerida para el cumplimiento de su objeto. 
13. Asumir la representación judicial y extrajudicial de la Nación en los asuntos de su competencia.
 
Requisitos
 
Tal como se puede apreciar con esta simple lectura, el peso del control ambiental del país está descansando en esta institución que, además, es el primer bastión de la defensa de nuestro hábitat y que, por lo tanto, no puede sufrir los vaivenes de la política menuda, sino que debe obedecer a una política de Estado que garantice ese derecho colectivo al ambiente sano planteado en la Constitución nacional, sin desconocer las necesidades del país en términos de infraestructura y desarrollo económico. Entonces se hace indispensable garantizar la independencia integral de la ANLA y asegurar, de igual forma, su solidez técnica para enfrentar las funciones asignadas.
 
En la realidad este nuevo ente ha tenido solamente tres directores: Luz H. Sarmiento (posterior Ministra de Ambiente), Nubia Orozco y Fernando Iregui. Las doctoras Sarmiento y Orozco con una reconocida trayectoria en el campo ambiental y el doctor Iregui con estudios de postgrado en el área y amplia experiencia en el campo administrativo. Este último titular con algunos inconvenientes en diversas licencias otorgadas durante su gestión.
 
El asunto no radica en los nombres de quienes ocupen el cargo sino en su experticia y su compromiso con el ambiente. A ese respecto podría ser mucho más práctico que dicho cargo se surtiera por concurso de méritos y tuviera periodos fijos que no dependieran del vaivén político ni sufriera presiones de uno u otro lado para el otorgamiento de licencias. Pero lo mejor es enemigo de lo bueno y las circunstancias de hoy obligan a que el funcionario en cuestión sea nombrado dentro del juego natural de la política. Entonces podremos plantear algunos mínimos que garanticen la tranquilidad de los ciudadanos con respecto al otorgamiento de las licencias ambientales y el cumplimiento de las demás funciones propias del cargo.
 
El primer punto es comprender cómo se fija la política ambiental de nuestro país. Comprender que si bien el Ministerio de Ambiente tiene entre sus funciones principales la política ambiental, también tiene que someterse al Sistema Nacional Ambiental,  del cual hacen parte las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR’s) y los entes territoriales, lo cual dificulta la toma de determinaciones. La causa principal de dicha dificultad estriba en que las CAR’s tienen una autonomía otorgada por la Constitución, a la que no se le ha establecido los límites exactos y, por lo tanto, suele ser tomada como una independencia del gobierno central en muchas de sus decisiones.
 
En segundo término, se debe saber a ciencia cierta que las políticas ambientales son políticas de Estado y no pueden depender de los gobiernos de turno (hasta la fecha este aspecto se ha respetado con muy pocas excepciones). Por lo tanto, se debe mantener la estabilidad de la nómina de los técnicos que trabajan en la Autoridad. Hoy por hoy más del 70% de los técnicos que allí laboran lo hacen por contratos de prestación de servicios a término definido y, por lo tanto, su continuidad no tiene ningún seguro. 
 
De otra parte se debe garantizar que las condiciones bajo las que fue aprobada la licencia deberán mantenerse en la ejecución de los proyectos. Para ello se requerirían 4 o 5 funcionarios de seguimiento por cada funcionario de licenciamiento. A la fecha el número de funcionarios de seguimiento no se acerca siquiera al de licenciamiento, con lo cual puede ocurrir que la ejecución de los proyectos afecte el ambiente a pesar de que los estudios presentados para obtener la licencia muestren lo contrario.
 
El aspecto fundamental, entonces, no es si el actual director sigue o se va, no es si deberíamos castigarlo por un error en una o unas licencias, o si deberíamos otorgarle un tiempo más en el cargo, ni tampoco es sobre su afiliación política o su cercanía con unos u otros círculos. El asunto de fondo es que se apoye a la ANLA y se rediseñe adecuadamente su funcionamiento para lograr impulsar el desarrollo protegiendo el más valioso de los tesoros que tiene nuestro país: su ambiente.
 
* alsanchez2006@yahoo.es @alvaro080255