EL NUEVO SIGLO:-Antes del fallo de la Corte Constitucional había quienes decían que el Consejo Superior de la Judicatura era una especie de corte ‘zombi’ ¿Cómo recibe el alto tribunal una sentencia que lo deja con vida?
JOSÉ AGUSTÍN SUÁREZ:-Con la esperanza de que su calificativo de ‘zombi’ deje de existir después de una década larga de mantenerlo ‘zombi’, acudiendo al expediente de reducirle el presupuesto cada vigencia fiscal a la mitad, ya mediante el aplazamiento de sus recursos; ora con su calificación de SIN situación de fondos o bien con estos ensayos de socavar el sistema de justicia del país.
ENS:- ¿Qué responder a los críticos que dicen que con el fallo de la Corte lo que se evidencia es que la justicia sólo se puede reformar por vía de constituyente?
JAS:-Esos críticos se pronunciaron antes de pasadas 24 horas de tomada la decisión por parte de la Corte Constitucional, sin haber leído el fallo. Por eso hubo reacciones en la prensa que antes de esas 24 horas, ya en un noticiero, estaban diciendo que “la Corte Constitucional aclaró su fallo”, lo cual no es cierto. No se produjo ni fue necesaria ninguna aclaración, dado que se trata de una línea jurisprudencial existente en Colombia y en el mundo, de antaño. No es la primera vez que se exige respetar la integridad de la Constitución, no romperle sus vértebras intangibles de la separación de poderes para que entre sí, sean capaces de controlarse los unos a los otros. Y eso era lo que aquí (en la reforma de equilibrio de poderes) se acababa.
ENS:- En el Congreso calificaron el fallo que dejó vivo al Consejo Superior como antidemocrático e incluso no faltaron las voces que hablaron de una “unidad de cuerpo” de las altas Cortes para no dejarse reformar ¿Qué opina?
JAS:- Que también son señalamientos hechos sin información elemental. Porque no reparan en cómo la Corte Constitucional ha avalado, por ejemplo, leyes de justicia y paz desde cuando se hizo el primer ejercicio de construcción de justicia transicional en Colombia, con salas de Justicia y Paz en lo penal y con los señores Jueces y Magistrados civiles especializados en restitución de tierras; o en lo contencioso con el nuevo Código Contencioso Administrativo que contribuirá a descongestionar el sistema de justicia de Colombia con solo cumplir dos (2) de sus artículos: el 10 y el 102. Y así sucesivamente se pueden exhibir múltiples ejemplos de una Corte Constitucional dándole su aval a medidas judiciales tomadas por el Legislativo y el Ejecutivo de tiempo atrás.
ENS:- También se dice entre los críticos del fallo de la Corte, que los múltiples problemas que rodearon la conformación -nunca concretada- del Consejo de Gobierno - ordenada por la reforma de equilibrio de poderes- en realidad sólo buscaban ganar tiempo para dejar viva a la Judicatura hasta que saliera un fallo que la salvara ¿Qué responde?
JAS:- Esa sí es otra exhibición de ignorancia crasa de los que usted llama “críticos”, porque denota que no han hecho el primer análisis de la discusión de ética política, de ética judicial, de ética cívica y de ética ciudadana que se está haciendo dentro de cada uno de los procesos atinentes a la conformación de dicho Consejo. Ello es lo que hay allí de fondo y eso no puede ser baladí, ni es un tema menor para una sociedad, si se quiere ella respetable.
¿Reformas?
ENS:- A salvo ya, no se puede negar que el Consejo Superior de la Judicatura tiene muy mala imagen, incluso entre las otras altas Cortes ¿Qué reformas aplicar para hacer más eficiente su función?
JAS:- Las altas Cortes expresaron lo contrario a lo afirmado en su pregunta el día 30 de marzo, en la audiencia pública celebrada ante la Corte Constitucional para debatir sobre el Consejo Superior de la Judicatura. Lo que dijeron fue exactamente lo contrario. Y el 16 de mayo, en sesión formal de la Comisión Interinstitucional de Justicia, el Señor Director de Planeación Nacional dijo exactamente lo contrario a lo afirmado en su pregunta, al reconocer entre los años 2012 y 2015 no solo la honradez en la ejecución de la rama Judicial, sino su eficiente ejecución, cercana al 90 por ciento. Ello mientras todos los discursos mentirosos de todos los que usted llama “críticos” dicen también lo contrario y hasta le quitan un cero y se quedan sólo con el 9 por ciento (de ejecución).
ENS:- ¿Cuál será el papel de la Judicatura en la escogencia de los magistrados del Tribunal de Aforados?
JAS:- El de responder con altísima estatura ética, con mucho compromiso académico, con toda la solvencia intelectual para ser capaces de integrar un órgano que, de existir por primera vez en Colombia, tiene que nacer bien, como ocurre en cualquier organización viva de la sociedad. Si nace bien, de ahí en adelante se desempeñará supremamente bien. ¿Cómo nacerá bien? Haciéndolo, como se lo solicitamos en múltiples ocasiones al Señor Presidente, nominador de la otrora Sala Disciplinaria del Consejo Superior Judicatura, junto con el Congreso Nacional, integrara las ternas para elegir las plazas vacantes, con nombres de la más alta estatura nacional, de mucha respetabilidad internacional y con mucha conciencia ética de la misión del Juez en Colombia. A eso debe apuntarle la conformación del nuevo órgano.
ENS:- ¿Seguirá el Consejo a cargo de la elaboración de listas para elegir magistrados de otras altas Cortes?
JAS:- Sí señor, la última ocasión en que lo hizo fue muy aplaudida por ustedes. No he visto sino elogios de la prensa hablada, escrita y televisada, con motivo de la elección, al tiempo, en un mismo día, de 7 magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Ello por el lujo de nombres en su selección, pues había desde decanos de las universidades más importantes del país, como el señor Decano de la facultad de Derecho de la Universidad Nacional y otras múltiples universidades serias e importantes de Colombia. Pero a nadie se le atravesó la idea de decir: esos 7 aciertos recientes fueron posibles gracias a las 7 listas muy bien elaboradas por el Consejo Superior Judicatura, porque de haber hecho lo contrario y haber integrado las listas sin nombres de esa trayectoria, la Corte Suprema no hubiera podido encontrar esos 7 nombres.
El modelo
ENS:-¿Cómo queda, entonces, la autonomía funcional, administrativa, disciplinaria y presupuestal de la Rama Judicial ahora que cayó el nuevo modelo Gobierno y de Administración de la Rama Judicial y volvemos a la figura del CSJ, del Gerente de la Rama Judicial y el modelo de gobierno judicial de la Carta del 91?
JAS:- Evidentemente en la Carta del 91 existe esa gerencia que ya cumple este año sus primeras bodas de plata. Concentra la doble función de ser esa gerencia denominada Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, de ser la ordenadora del gasto y la ejecutora del gasto. Dos funciones que no las tiene la Sala Administrativa desde finales del siglo pasado. Es por lo que ya existía en el modelo constitucional, lo que se le ofreció a la sociedad como novedoso y por repetirlo varias veces se volvió verdad, que se iba a hacer la gran gerencia judicial en Colombia.
ENS:- Como todo el país pensaba que los días del Consejo de Judicatura estaban contados, nadie le preguntó sobre los cambios que implicará para la Rama Judicial la posible entrada en vigencia de la Jurisdicción Especial de Paz y el Tribunal Especial de Paz ¿En qué aspectos esa nueva jurisdicción podría afectar la labor de la Judicatura?
JAS:- Implica un trabajo concentrado de fondo que se lo ofrecimos con la Comisión Interinstitucional, al Presidente de la República en sesión temprana a comienzos de este año. Le transmitimos el interés de la justicia por estar sólidamente preparada para ese ejercicio de justicia transicional, para que se pueda ocupar, en números gruesos, de 22 mil personas a ser investigadas, condenadas o absueltas, de las cuales 10 mil vendrían de las Farc, 7.500 de la Fuerza Pública, 4.300 de los que contribuyeron a un conflicto armado en medio del cual se sucedieron 110 mil hechos de graves violaciones a los derechos humanos, que se agrupan en 32 mil expedientes, contenidos en 48 millones de folios. Para eso es que le hemos ofrecido todo el concurso de la rama Judicial.