Crearían comités para objeciones de conciencia | El Nuevo Siglo
Viernes, 12 de Octubre de 2012

La creación de comités para resolver las solicitudes de reconocimiento de la objeción de conciencia por parte de personas naturales es la principal novedad que presenta un proyecto de ley que busca reglamentar este derecho, después de 21 años de haber sido introducido por la Constitución.

El proyecto se suma a una serie de iniciativas que han sido radicadas en esta legislatura, orientadas a reglamentar derechos fundamentales o sentencias de la Corte Constitucional que tienen que ver con la órbita de la persona, como son la unión de las parejas del mismo sexo y la eutanasia.

En el caso de la reglamentación de la objeción de conciencia es un proyecto que ha hundido el Parlamento en múltiples oportunidades, pues por el momento ha pesado más las implicaciones que tendría frente al servicio militar obligatorio, en la educación y los servicios de salud, por citar algunos ejemplos.

La última iniciativa fallida tuvo lugar en la pasada legislatura con el proyecto Nº 246 Cámara, 136 Senado, el cual fue aprobado en sus dos primeros debates en la Comisión Primera y en la plenaria de Senado, pero por términos no alcanzó en Cámara.

Sin embargo otra iniciativa (Nº 95 de 2012) en similar sentido fue presentada en esta legislatura por la senadora Maritza Martínez (Partido Social de Unidad Nacional –La U), quien es la autora, y 12 senadores más que la acompañaron, que cuenta con ponencia favorable para que reciba primer debate en la Comisión Primera del Senado.

“Este es un proyecto que regula prácticamente todo el tema de la objeción de conciencia, busca generar garantías para los objetores pero también para los terceros que se pueden ver afectados con esa objeción de conciencia”, explicó la Parlamentaria.

 

Trámite

 

Para resolver las solicitudes de reconocimiento de objeción de conciencia el proyecto prevé la creación de comités, los cuales no tendrán que contar con personería jurídica ni autonomía administrativa o presupuestal. Para todos los efectos de la ley penal y disciplinaria, los miembros de los comités de conciencia serán servidores públicos del nivel directivo o asesor de las entidades respectivas, indica la iniciativa.

La creación de los comités de conciencia será progresiva y dependerá de las diferentes manifestaciones del derecho a la objeción de conciencia. En todo caso harán parte de dichos comités por lo menos tres miembros: un delegado del Ministro del ramo respectivo, un delegado de la Defensoría del Pueblo y un delegado de la sociedad.

La iniciativa contempla que el Gobierno Nacional reglamentará la creación y funcionamiento de los comités de conciencia en un término de seis  meses a partir de la promulgación de esta ley.

Sin embargo, mientras los comités de conciencia entran en funcionamiento, las solicitudes serán decididas por la Defensoría del Pueblo, establece el proyecto.

La iniciativa prevéregímenes especiales de objeción de conciencia, como en el caso del servicio militar obligatorio, frente al cual una persona puede negarse a prestarlo porque sus concepciones religiosas o éticas entran en conflicto con la obligación de prestar el servicio militar o portar armas.

En este sentido la iniciativa señala que se podrá exigir el cumplimiento de un servicio social alternativo, como obligación sustitutiva a la no prestación del servicio militar obligatorio.