Crearían comisión que reciba denuncias por manipulación de encuestas | El Nuevo Siglo
Viernes, 29 de Julio de 2011

Iniciativa propone que ese cuerpo se reúna a convocatoria del CNE.

 

Un proyecto de ley, de cinco artículos, pretende crear “una Comisión Consultiva que evalúe las denuncias sobre fraude o manipulación de las encuestas”.


Se trata del proyecto 011 de 2011 Cámara, “por medio de la cual se crea una comisión consultiva en materia de encuestas electorales”, radicado por el representante Augusto Posada, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), recibido en la Comisión Primera de la Cámara el miércoles pasado y que todavía no ha sido incluido en el orden de día de esa célula legislativa.


El sencillo articulado establece que la comisión estará integrada por dos magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE) o sus delegados, dos representantes de Facultades de Estadística de dos universidades reconocidas por el Estado, dos representantes de Facultades de Sociología de dos universidades reconocidas por el Estado y un miembro de asociaciones de periodistas.


El proyecto también propone que la comisión se reúna a convocatoria del CNE cuando existan denuncias formales de fraude o manipulación de encuestas que hayan sido publicadas por medios de comunicación y sus conclusiones deberán ser publicadas por el mismo medio que emitió la encuesta.


Desde la fecha de presentación de la denuncia, la Comisión tendrá una semana para emitir su dictamen y éste será vinculante.


El CNE determinará, dependiendo del dictamen de la Comisión, la sanción a que haya lugar para la firma encuestadora y será comunicada a ésta, y públicamente a través de comunicado oficial de la entidad.


En la exposición de motivos, Posada consignó que “cada certamen electoral en nuestro país, viene acompañado de los acostumbrados y necesarios procesos de elaboración y publicación de las encuestas electorales solicitadas tanto por candidatos y partidos políticos, como por los medios de comunicación social. La encuesta cumple con dos fines fundamentales, ser instrumento científico de las campañas electorales para conocer la opinión pública, y al mismo tiempo fuente de información electoral para la sociedad en general”.


“Al ser los medios de comunicación el escenario de publicación de los resultados de las encuestas electorales, y por ser estas referidas al proceso democrático de sintetización de la voluntad popular, es primordial su regulación, sin caer necesariamente en la censura de la información derecho fundamental de la ciudadanía colombiana, pero al ser estas instrumento de las campañas electorales su supervisión es fundamental”, consideró Posada.


El legislador, tras señalar cómo la legislación actual obliga a las firmas encuestadoras a informar al CNE, “indicando nombre de la firma, la persona natural o jurídica que le encomendó la encuesta, la fuente de financiación, el tipo y tamaño de la muestra, el tema o temas a los que se refiere, las preguntas formuladas, los candidatos por los que se indagó, área de recolección de la muestra, periodo de toma y el margen de error, requisitos que pueden encontrarse en regulaciones de este tipo en el resto de Latinoamérica”, indica que “tal como está redactada la legislación acerca de las encuestas electorales, las condiciones metodológicas y científicas están reguladas por la norma, pero el riesgo de fraude y manipulación no, ya que de entrada se tilda cualquier actuación en este sentido como de censura a la información”.


Al analizar otras posibles soluciones, Posada citó la sentencia T-263/10 de la Corte Constitucional, que establece que “la libertad de expresión, al igual que las libertades de información y opinión son piedras angulares de cualquier sociedad democrática. Detrás de ellas se encuentra el pluralismo, la contingencia del debate y la posibilidad de que las personas se formen una posición propia frente a su entorno social, artístico, ambiental, económico, científico y político. Es por esto que cada una de las mencionadas libertades cuenta con un lugar privilegiado dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional”.


Posada volvió a citar a la Corte, que en sentencia C 488 de 1993 consideró que “la difusión de las encuestas de opinión exige siempre un alto grado de responsabilidad social por parte de los medios de comunicación; de ahí que toda manipulación de la información sea un atentado directo contra la ética periodística y, jurídicamente, contra el derecho a la información imparcial y veraz que tienen los asociados”.


“Buscando el equilibrio en el debate electoral”, concluyó Posada, “los derechos fundamentales reconocidos por nuestra constitución a elegir y ser elegido, y a la liberta de información, considerados piedras angulares de nuestro sistema democrático, hemos puesto a consideración este proyecto de Ley, que en su estructura busca proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos en medio del debate electoral. Evitando la censura a la información, pero protegiendo el derecho a la información veraz”.