Áreas de 7 millas náuticas desde la línea de costa serían establecidas en Colombia con el fin de proteger las especies, en las cuales solo se permitiría la pesca artesanal y en ningún caso la pesca industrial. Así lo propone un proyecto de ley que está en la Comisión Quinta del Senado de la República a la espera de su primer debate.
La iniciativa que fue radicada el pasado 19 de octubre por el senador conservador Juan Manuel Corzo Román indica que con el fin de asegurar el desarrollo sostenido del recurso pesquero, corresponderá a la autoridad correspondiente proponer a la entidad estatal competente el establecimiento de vedas y la delimitación de áreas de reserva para la protección de determinadas especies.
Añade el proyecto de ley que las áreas de reserva con exclusividad se destinarán a la pesca artesanal, “las cuales no podrán ser inferiores a 7 millas náuticas desde la línea de costa. En ningún caso se permitirá el ejercicio de la pesca industrial en estas zonas”.
El mismo será debatido en la Comisión Quinta del Senado a partir del 16 de marzo próximo, cuando se iniciará el segundo periodo de esta segunda legislatura, una vez que el senador ponente designado, el también conservador Juan Diego Gómez Jiménez, allegue el respectivo informe.
La iniciativa del senador nortesantandereano Corzo se puede ubicar en un espacio cada vez más frecuente en el cual normas conservacionistas del medio ambiente se ven enfrentadas al desarrollo industrial, que si bien en este último caso persigue un interés económico, también vale decirlo genera empleo e impuestos al Estado.
Ya se vio en días pasados que la Corte Constitucional cerró la puerta a las actividades mineras en las zonas de páramo, al fallar una demanda a un artículo del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018.
La sentencia de la Corte es perentoria y no da cabida a que las compañías mineras sigan con la actividad extractiva durante el tiempo que le fue otorgada la licencia por el propio Estado.
Pesca artesanal
El senador Juan Manuel Corzo señala en su proyecto que “es responsabilidad del Congreso de la República ser el llamado a velar por la sostenibilidad ambiental aunada con un crecimiento económico y social de las poblaciones que obtienen su sustento de la pesca artesanal, garantizándoles seguridad alimentaria, desarrollo sostenible, reducción en la pobreza de las familias que pertenecen a estas comunidades y el mejoramiento de la calidad de vida”.
Añade que sin duda, una bioeconomía apoyada en el consumo del pescado mejoraría la calidad nutricional de una gran población rural, por cuanto al acceso de los recursos marinos está al alcance de todos.
Por lo que con el objeto de “proteger los recursos acuíferos y los ecosistemas que constituyen la base de la actividad de la pesca artesanal, se hace necesario crear una zona que sea destinada de manera exclusiva al desarrollo de la pesca a pequeña escala. Prohibiéndose sin excepción, la presencia de la pesca industrial, que colisiona con los intereses de las comunidades pesqueras”, indica el proyecto.
En este sentido explica la iniciativa del senador Juan Manuel Corzo que la franja costera desde la línea de playa a las 5 millas marinas es considerada una área de reserva y, por tanto, protegida a la entrada de naves industriales por los impactos en el fondo y en los ecosistemas que produce esta flota. “Sin embargo, la autoridad pesquera ha asumido esa zona como netamente productiva y la reserva en forma exclusiva para la pesca artesanal, pero en los lugares en que no existen actividades de los pescadores artesanales la exclusividad se acaba y la flota industrial puede operar sin restricciones”.
Esta problemática no ha sido ajena a América Latina y países como Perú, Panamá, Chile, Venezuela han creado zonas destinadas de manera exclusiva a la pesca artesanal, dentro de las cinco millas náuticas próximas a la línea de costa.
Existe un acuerdo regional (acuerdo de Galápagos) de pesca orientado a proteger no solo los derechos de los Estados ribereños sobre las 100 millas marítimas, sino también la conservación de las especies, ampliando los derechos del ribereño hacia la alta mar contigua a la zona económica exclusiva. Ya que, si a partir de la milla 201 se realiza una extracción pesquera desbocada, cualquier medida de conservación y protección, adoptada por el ribereño puede perder su eficacia.
En este sentido el proyecto explica que “existe una relación de interdependencia, de mayor o menor intensidad, entre las especies situadas a uno y otro lado de esta delimitación convencional, algunas de las cuales migran entre uno y otro en su ciclo vital. De allí que los nuevos desafíos miren hacia la regulación de la explotación de los recursos más allá de las 200 millas, en cuanto su extracción indiscriminada repercute directamente en la existencia y conservación de los recursos de la zona económica exclusiva de los Estados ribereños”.