Tras resolver una apelación, La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió negar al expresidente del Congreso, Mario Uribe, condenado por parapolítica, los permisos por 72 solicitados por el exfuncionario para salir de la cárcel de Yarumito, Antioquia.
La Corte aseguró que los aforados deben descontar el 70 por ciento de la pena y, en el caso de Uribe, sólo lleva 38 meses de prisión, lo que representa poco más del 39 por ciento de la condena.
“La Sala ha enfatizado en relación con los aforados cuando han sido condenados por delitos de competencia de los Jueces Penales del Circuito Especializados, como concierto para promover grupos armados al margen de la ley, que se hacen acreedores de los presupuestos exigidos para los condenados por tales ilícitos y por ende le es exigible el cumplimiento de la exigencia de haber descontado el 70% de la pena impuesta” sostiene la entidad en la sentencia.