La Corte Constitucional manifestó que no hay una norma que imponga la prohibición de las corridas de toros, sin embargo resaltó que las autoridades deben velar por el bienestar de los animales.
El alto tribunal manifestó que se debe evitar el sufrimiento de los toros durante la realización de estos eventos.
“No existe una norma legal que imponga la prohibición general de los espectáculos taurinos. Antes bien, la Corte ha avalado la regulación legal de estas actividades contenidas en la Ley en cuanto tradición cultural de la Nación,susceptible de ser reconocida por el Estado", menciona el comunicado.
De igual forma, se aclaró que las plazas deben contar con contrato de arrendamiento para su funcionamiento, éstas deben cumplir ciertos parámetros de salubridad y seguridad.
La Corte señaló que los gobernantes, ya sean de las ciudades principales o de los municipios, no impongan su autoridad por encima de lo establecido de la Ley.
En el fallo, también se explica que solo podrán intervenir o prohibir cuando no hayan garantías en la salud y en la seguridad, tanto para los animales como para los asistentes.