Convocan mesa de trabajo sobre habitantes de calle | El Nuevo Siglo
Foto El Nuevo Siglo / Juan Sebastián Cuéllar
Viernes, 2 de Septiembre de 2016
Redacción Web

Para estudiar propuestas concretas de solución frente a la crisis por la atención de los habitantes de calle, el procurador Alejandro Ordóñez convocó para el lunes a una mesa de trabajo.

Ordóñez invitó al ministro de Justicia, Jorge Eduardo Londoño, y al alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, así como los secretarios de Gobierno, Seguridad e Integración Social del Distrito, el director de la Policía Nacional, el comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá, la personera de Bogotá, los defensores del Pueblo nacional y regional Bogotá, y el director del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez (Idipron). 

De acuerdo con el comunicado de la Personería, en la mesa de trabajo tendrán primero el uso de la palabra los comerciantes y grupos de ciudadanos, se escucharán con atención sus intervenciones de las que se espera no solo conocer el detalle de la situación que enfrentan, sino además las posibles soluciones que quieran exponer para solucionar esta crisis. 
 
Posteriormente, se dará el espacio a los representantes de las autoridades competentes para que den respuestas de fondo a lo planteado por los comerciantes y ciudadanos. 
 
Este encuentro se llevará a cabo a partir de las 8:30 a. m. en el Auditorio Antonio Nariño de la sede principal de la Procuraduría General de la Nación.

De otra parte, Ordóñez exhortó mediante una circular al Ministerio de Salud para que de manera urgente formule una política pública social para habitantes de calle, atendiendo las obligaciones consagradas en la Ley 1641 de 2013.

En la Directiva solicitó a las autoridades de orden nacional y territorial responsables de garantizar la atención integral a los ciudadanos habitantes de calle a implementar las acciones que sean necesarias para acatar dicha ley, el nuevo Código de Policía (que entra en vigencia el 29 de enero de 2017) y las demás normas relacionadas con esta materia.

En esta medida y con el propósito de facilitar la planeación de las acciones que cada entidad territorial decida implementar para la prevención y atención integral del fenómeno de habitabilidad en calle, y de garantizar la restitución de derechos de los habitantes de calle, el jefe del Ministerio Público presentó las siguientes directrices:

-Definir y operar una ruta interinstitucional de servicios sociales y pedagógicos de carácter preventivo, orientada a quienes se encuentran en riesgo de habitabilidad en calle y a sus familias.
 -Incluir en la agenda del respectivo Consejo de Política Social la temática de habitantes de calle, con el propósito de coordinar los planes, programas y proyectos sectoriales e intersectoriales que se consideren pertinentes.

-Priorizar las acciones para la protección integral inmediata de niños y adolescentes en situación de calle, atendiendo el principio del interés superior y la prevalencia de los derechos fundamentales de los menores de edad.

-Establecer mecanismos para priorizar la atención integral y diferencial a mujeres y personas mayores, en consideración a ser sujetos de especial protección.

-Gestionar, en articulación con la Registraduría Nacional del Estado Civil y los despachos territoriales, los mecanismos que permitan garantizar la plena identificación de la población habitante de calle y la expedición del documento de identidad, especialmente en casos como los siguientes: cuando siendo menor de edad adquirió hábitos de habitabilidad en calle y cumplió la mayoría de edad sin documento de identidad, o cuando el habitante de calle no dispone de documento o manifiesta no contar con identificación.

-Mantener actualizados los listados censales de la población habitante de calle, y articular los listados existentes en el ámbito local mediante la coordinación entre las secretarías de Salud y las secretarías de Bienestar/Integración/Desarrollo Social o aquellas que tengan a su cargo el acceso a los servicios sociales para esta población.
 
-Promover jornadas de búsqueda activa para la afiliación de ciudadanos habitantes de calle al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
 
-Disponer que las Entidades Promotoras de Salud - EPS  garanticen tanto la afiliación como la atención integral en salud para la población habitante de calle, de acuerdo con lo previsto en la Resolución 429 de 2016 - Política de Atención Integral en Salud.

-Garantizar la oportuna atención a la población habitante de calle que acuda a los servicios de urgencias por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS, tal como lo establece el Decreto 412 de 1992, y garantizar continuidad luego de recibir esta atención inicial.

-Desarrollar acciones de salud pública que incluyan a la población habitante de calle, en concordancia con las dimensiones previstas en el Plan Decenal de Salud Pública y el respectivo Plan de Intervenciones Colectivas, enfatizando las orientadas a prevención y detección de TBC, ITS y VIH/Sida.

-Diseñar una ruta de articulación entre servicios sociales y servicios de salud, incluyendo su respectiva adecuación -de ser necesario-, con el fin de brindar respuestas integradas a la población habitante de calle.

-Promover, en articulación con entidades como el SENA, las cajas de Compensación Familiar y otras organizaciones, acciones para brindar a los habitantes de calle herramientas en el manejo del tiempo libre y el aprendizaje de oficios que puedan contribuir a la recuperación de hábitos y a la inclusión social.

-Articular acciones interinstitucionales que promuevan la oferta de alternativas para la generación de ingresos de los habitantes de calle y propiciar su vinculación a dicha oferta.

-Promover acciones para la atención integral frente al consumo problemático de Sustancias Psicoactivas - SPA, y procurar la inclusión de estas acciones en los planes departamentales integrales sobre drogas.

-Establecer la coordinación institucional que se requiera para contribuir y velar por la convivencia ciudadana, en consideración a los impactos del fenómeno de habitabilidad en calle.

-Priorizar las estrategias de persuasión y acogida cuando se emprendan acciones de intervención en zonas ocupadas por habitantes de calle.

-Promover medidas compartidas entre entidades territoriales para el abordaje del fenómeno de habitabilidad en calle, haciendo uso de las figuras previstas en la Constitución y la ley, como las de áreas metropolitanas y asociaciones de municipios.

Ordóñez recordó que a través de los despachos competentes de orden nacional y territorial ejercerá vigilancia y control preventivo con el fin de garantizar la atención a los ciudadanos habitantes de calle y advirtió las sanciones que conllevan el desconocimiento de los deberes de los funcionarios públicos.