Consulta Previa, un derecho y una posibilidad para etnias | El Nuevo Siglo
Martes, 1 de Julio de 2014

El Estado protege la diversidad étnica y cultural de las comunidades en nuestro país. Igualmente le apuesta al desarrollo de Colombia, a través de la activación de proyectos, obras y actividades. Para integrar ambos temas existe la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, la cual coordina, planea, ejecuta y hace el seguimiento de los distintos procesos de consulta con las diferentes comunidades étnicas asentadas en nuestro país. A diario la Dirección de Consulta Previa procura que dichos procesos se realicen dentro de los principios de la buena fe, la transparencia y la integridad cultural.

 

En lo corrido del 2014, el Ministerio del Interior a través de la Dirección de Consulta Previa ha realizado 578 protocolizaciones en el marco de 38 proyectos. Esto consiste en la formalización de los acuerdos a través de un acta y la designación de un grupo de seguimiento. En todo el 2013 se lograron un total de 580 protocolizaciones. 

 

De los 578 procesos protocolizados, 120 pertenecen al sector minero, 11 al ambiental, 8 de medidas administrativas, 387 de hidrocarburos, 2 del sector energético y 50 de infraestructura. En estos momentos, la Dirección tiene 130 procesos en Fase de Consulta con 1300 comunidades étnicas.

 

Cada día se afianza más la Consulta Previa y esto corresponde a los esfuerzos del presente Gobierno para reducir los tiempos de los procesos, los cuales han variado de 24 meses a principios del año 2010 a 7 meses en la actualidad, evidenciando una mejora del 71%. Para la sustancial reducción de tiempos anunciada anteriormente, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2613 de 2013 y la Directiva Presidencial 10 de 2013. 

 

Estos avances en tiempo y la agilidad , han derivado en muchos beneficios para las comunidades inmersas en los procesos de Consulta. Algunos de los beneficios más relevantes son:

 

Radicar en cabeza del Ministerio del Interior la expedición de certificaciones de presencia de comunidades étnicas. Anteriormente dicha competencia la podía realzar la Dirección de Consulta Previa, el INCODER o ambas instituciones.

 

Incorporar las órdenes jurisprudenciales en el contexto de la consulta previa.

 

Garantizar la representatividad de los pueblos étnicos.