Gabriel Sonny Cubillos
Periodista EL NUEVO SIGLO
A la espera del fallo que en las próximas semanas emitirá la Corte Constitucional sobre la exequibilidad o no de la Reforma de Equilibrio de Poderes, se declaró el Partido Conservador, que reclama como suyos tres de los principales aspectos de esta norma.
En este sentido el senador Carlos Eduardo Enríquez Maya le dijo a EL NUEVO SIGLO que “estoy muy pendiente de unos trabajos que son realización nuestra, saber cuál va a ser el pronunciamiento de la Corte Constitucional de la Reforma sobre Equilibrio de Poderes, reforma en la que hay tres propuestas del conservatismo: la primera, la que tiene que ver con la prohibición de la reelección presidencial. De reformar esa norma en el futuro solo se podría hacer a través del referendo o de asamblea constituyente. La segunda, la constitucionalización de la elección de personeros, que ya se aplicó a finales de año y ya se empiezan a ver sus primeros resultados. Y la tercera, el poder de los segundos en votación para la Presidencia de la República, para la Vicepresidencia de la República, para la gobernación del departamento y la alcaldía municipal”.
Añadió el Senador nariñense que “ese fue un gran aporte del Partido Conservador en la Reforma de Equilibrio de Poderes, nos corresponde estar a la expectativa del resultado de la razonabilidad constitucional que está haciendo la honorable Corte Constitucional”.
Por esos primeros días de septiembre de 2014 cuando el Gobierno radicó en el Congreso el proyecto de Reforma de Equilibrio de Poderes, el Partido Conservador por intermedio del senador Eduardo Enríquez presentó un proyecto para suprimir la reelección presidencial inmediata.
De forma paralela, la bancada en Cámara del Partido Conservador radicó un proyecto que establecía que “el voto es un deber del ciudadano y una función pública, universal y obligatoria”.
Otros efectos
Equilibrio de Poderes es la iniciativa más importante del paquete de proyectos que ha sacado adelante en el Legislativo la administración Santos en sus más de cinco años de gobierno, pues se trata de una reforma a la justicia, política e, incluso, electoral. Todo en uno.
Si bien la eliminación de la reelección presidencial es el elemento central de esta iniciativa por el desajuste que según algunos esta figura ocasionó en el sistema de pesos y contrapesos, la misma contiene otros aspectos no menos importantes como es que también prohíbe la reelección de los magistrados de las altas Cortes, Fiscal General, Procurador General, Defensor del Pueblo, Contralor General de la República y Registrador Nacional del Estado Civil.
Además extendió la ‘silla vacía’ a los miembros de corporaciones públicas condenados por delitos contra la administración pública; creó la Comisión de Aforados que debe remplazar a la inoperante Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.
Igualmente fue suprimida la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será remplazada por el Consejo de Gobierno Judicial.
La demanda
Hasta el 15 de este mes tiene plazo la Corte Constitucional para fallar las tres demandas de inexequibilidad que fueron presentadas desde julio del año pasado contra la Reforma de Equilibrio de Poderes. Los nueve magistrados tomarán la decisión con base en una ponencia favorable que ya está en sus manos.
También entre los insumos que tiene el alto Tribunal para tomar una decisión sobre el Acto Legislativo 02 del 1º de julio de 2015 está un concepto que entregó el procurador Alejandro Ordóñez Maldonado, en el que pide declararlo exequible, así como las diferentes argumentaciones a favor y en contra de esta Ley que presentaron diferentes sectores en una audiencia pública que se verificó en septiembre del año pasado, en la que participaron entre otros el presidente Juan Manuel Santos, el senador Álvaro Uribe, el fiscal Eduardo Montealegre y el Procurador General.
Sin embargo, los argumentos de los demandantes no son de poca monta y entre éstos está nadie menos que el propio fiscal General, Eduardo Montealegre, quien entre otros señaló que el Congreso de la República desbordó sus competencias constitucionales porque la aprobación de la reforma de Equilibrio de Poderes condujo a la sustitución de pilares de la Carta Política de 1991.
Desde cuando se tramitaba en el Congreso este proyecto de acto legislativo, el Fiscal General y otros representantes de la Rama Judicial manifestaron públicamente que ciertos aspectos afectaban el balance entre los poderes públicos, y la independencia y autonomía de la administración de justicia.
Precisamente, en aquellas disposiciones que modificaron el funcionamiento de la Rama Judicial está centrada la demanda del Fiscal General ante el Tribunal constitucional.
El primer argumento de la demanda del Fiscal se concentra en desvirtuar la constitucionalidad de los artículos del Acto Legislativo que modificaron el sistema de gobierno y administración del poder judicial y el régimen disciplinario de los empleados de la Rama Judicial. En concreto, en este argumento se sostiene que el Congreso de la República tiene el deber de respetar el principio de unidad de materia en las reformas a la Constitución por medio de actos legislativos.
En el Acto Legislativo 02 de 2015 el tema central era el reequilibrio de los poderes públicos, argumenta el Fiscal, por ello los artículos que reforman el sistema de gobierno y administración del poder judicial y el régimen disciplinario de los empleados de la Rama Judicial deben ser declarados inconstitucionales porque no guardan relación de conexidad alguna ni unidad de materia con la reforma al sistema de Equilibrio de Poderes.
La Corte Constitucional no incluyó en su Sala de este jueves la discusión de la demanda a la Reforma de Equilibrio de Poderes.