Congreso ajustará 2 proyectos devueltos por Corte | El Nuevo Siglo
Domingo, 21 de Julio de 2013

Una de las tareas más urgentes que deberá acometer la plenaria del Senado, seguramente en esta primera semana de la legislatura que comienza, es votar nuevamente la conciliación del proyecto de ley de participación ciudadana para subsanar un error en el trámite, para lo cual la Corte Constitucional le dio un plazo que venció la semana anterior.

 

Sin embargo, no es el único ajuste que le espera al Congreso adelantar al respecto, pues también está a la espera de que la Corte Constitucional le devuelva el proyecto de ley N° 248/11 Cámara y 180/11 Senado, por la cual se reconoce y reglamenta el ejercicio de la profesión de entrenador deportivo.

Esta iniciativa reconoce y reglamenta el ejercicio de la profesión de entrenador deportivo. En este sentido define la naturaleza y el propósito de esta actividad así como determina el ámbito del ejercicio.

Dicho proyecto fue objetado por el Ejecutivo argumentando razones de inconstitucionalidad, entre otras, porque considera que impide que personas con conocimiento deportivo que no tienen título reconocido por el Estado actúen como entrenadores en deportes o en categorías cuya exigencia no implica alto riesgo. 

 

No obstante, el Congreso no aceptó las objeciones gubernamentales porque, adujo, en ningún momento se va a obstaculizar la contratación de entrenadores que no tienen un título académico, pero sí una reputación nacional e internacional. Por el contrario, el proyecto de ley permite que estos entrenadores que tienen una amplia experiencia y una idoneidad académica (producto de la capacitación o actualización), tengan acceso a un Registro, que los habilita para ejercer una profesión.

Posteriormente, este proyecto llegó a manos de la Corte para el respectivo control de constitucionalidad, que al final dio como resultado la exequibilidad del mismo con excepción del parágrafo 3º del artículo 10°. Además de que el alto Tribunal declaró infundadas las objeciones del Ejecutivo.

 

Como consecuencia, la iniciativa regresará al Congreso para que proceda a eliminar dicho parágrafo del articulado, tras de lo cual será enviada para sanción presidencial.

Sobre el particular el autor de esta iniciativa, el representante a la Cámara por Antioquia, Carlos Alberto Zuluaga, dijo que “esperamos que la Corte Constitucional entregue el fallo de exequibilidad del proyecto del entrenador deportivo para que en el Congreso hagamos las modificaciones que propone la Corte y mandarlo a sanción presidencial”.

 

El Parlamentario conservador dijo que este proyecto “tiene el beneplácito del Comité Olímpico Colombiano y de Coldeportes Nacional”.

 

Participación ciudadana

En tanto que se espera que esta misma semana la plenaria del Senado vote nuevamente la conciliación del proyecto de participación ciudadana, el cual devolvió la Corte Constitucional el pasado 18 de junio para subsanar un error de trámite.

 

El alto Tribunal consideró que se produjo un error en la votación en la plenaria del Senado de la conciliación del proyecto de ley estatutaria N° 134/11 Cámara y 227/12 Senado al no haber sido mencionados por parte del Secretario los votos en contra de la iniciativa.

 

A pesar de que el Alto Tribunal le dio un mes de plazo al Congreso para que la plenaria del Senado realice una nueva votación de la conciliación de este proyecto de ley estatutaria, este límite no fue cumplido porque se cumplió justo cuando el Legislativo se encontraba en receso.

La ponencia del control de exequibilidad a esta iniciativa, que entre otros flexibiliza algunos requisitos a los ciudadanos para tramitar la revocatoria de gobernadores y alcaldes, fue votada por los magistrados  de la Corte Constitucional reunidos en Sala Plena, triunfando cinco por dos la propuesta de devolverla al Congreso para que subsane los vicios ya anotados.

 

La ponencia del magistrado Mauricio González no encontró ningún vicio de trámite en la discusión que le dio el Congreso a este proyecto ni que sus disposiciones fueran contrarias a la Carta Política, por lo que pidió declararla exequible, aunque solicitó que la Corte hiciera la salvedad de que la norma no se haga retroactiva a los ocho procesos de revocatoria de mandatos de alcaldes en diferentes regiones del país que ya superaron la etapa de revisión de firmas en la Registraduría, entre los cuales está el del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.