Con pie derecho inicia debate mañana en Comisión Primera de Senado el proyecto de ley del fiscal Eduardo Montealgre, que pretende reformar la estructura y el funcionamiento de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. La ponencia es del senador conservador Roberto Gerlein.
En resumen, la iniciativa del jefe del ente acusador busca que se aumente en seis el número de magistrados en dicha sala de tal modo que de nueve pase a quince, y el total de togados llegue a veintinueve, con el fin de que haya una doble instancia para aforados.
En esencia, los quince magistrados concebidos integrarían tres salas: dos de Juzgamiento cada una de ellas de dos magistrados y una Sala de Casación Penal de nueve magistrados, que a su vez, se dividirá en tres salas de tres integrantes cada una. El proyecto prevé además la existencia de dos magistrados de Instrucción, los cuales actuarían en sala cuando se trate de adoptar las decisiones a que haya lugar y en caso tal de un empate se resolvería con la designación de un conjuez.
En concepto del fiscal Montealegre, este proyecto es un “importante avance en la protección de derechos fundamentales y en el fortalecimiento de las garantías penales”, debido a que se prevé la incorporación de herramientas jurídicas para asegurar la igualdad en la aplicación de la ley, a través de la creación de la figura de la eventual revisión de decisiones, de la posibilidad de proferir sentencias interpretativas”.
Sobre el proyecto, Montealegre explicó además que “que no solo se crea una segunda instancia para los congresistas sino que además se extiende la segunda instancia para una gran mayoría de los aforados constitucionales, como generales de la República, ministros del despacho, gobernadores, es decir toda persona que tenga fuero constitucional distinto al de las investigaciones que adelanta la comisión de acusación y juzgamiento, tendrán la garantía institucional de la segunda instancia”.
Investigación y juzgamiento
El proyecto del Fiscal General, en efecto, facilita la separación de las funciones de investigación y juzgamiento y permite establecer la doble instancia judicial como garantía del ejercicio del derecho de defensa en los procesos que se adelanten contra los congresistas y otros aforados, precisa el ponente.
Una primera instancia se surtiría ante las Salas de Juzgamiento y la segunda instancia ante la Sala de Casación Penal. “Durante las deliberaciones adelantadas en la Cámara Baja, se quiso establecer que la segunda instancia se surtiera ante la Sala Plena de la Corte Suprema en el entendido de que la pluralidad de magistrados y su autoridad y predominio de los temas jurídicos representaba alguna garantía de imparcialidad”.
Sin embargo, para el ponente, “un estudio juicioso y ponderado del tema llevó a la Comisión Accidental designada para tal fin por la Presidencia de la Cámara, a determinar que la especialización en materia penal era razón válida y suficiente para querer que las decisiones adoptadas en primera instancia fueran revisadas por magistrados penales y no por magistrados de especialidades diferentes sin el suficiente conocimiento jurídico-penal, o académico-penal, de la profundidad que caracteriza a quienes integran esta Sala de Casación de la Corte”.
En ese orden de ideas, dice el ponente, “la especialidad en temas penales toca directamente con aspectos tan sensibles de la comunidad como los derechos fundamentales de los asociados y, en particular, los derechos a la locomoción y a la libertad, inherentes a la naturaleza humana y sin los cuales es imposible crecer dignamente”.
Para el senador Roberto Gerlein, el proyecto es viable, porque según él, “negarles a tantos colombianos el derecho a contar con una segunda instancia judicial es, en nuestro momento político y social, una equivocación lamentable”; y en ese sentido, “el Fiscal, con buen juicio y ponderado criterio jurídico, acierta al proponer al Congreso instaurar este mecanismo de defensa en los procesos que pueda adelantar la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia contra ellos”.
Trayectoria de la iniciativa
Este proyecto de ley ya surtió dos debates en la Cámara de Representantes donde sufrió algunas modificaciones importantes. Por ejemplo, durante la primera discusión se incluyó la garantía de la presencia y el acompañamiento del Ministerio Público en los casos que adelante la Corte contra los legisladores.
Para el segundo momento de la iniciativa, se logró retirar el artículo que otorgaba a la Sala de Casación Penal la competencia para dictar sentencias interpretativas y se incluyó como garantía procesal el derecho a impugnar la primera sentencia condenatoria de que trata la Sentencia de la Corte Constitucional C-792 de octubre 31 de 2014.
Además se fijó la división de la Sala de Casación Penal en tres salas integradas cada uno de ellas por tres magistrados y se previó la aplicación del Código Penal al conocimiento de las conductas cometidas por los aforados constitucionales. Para estos casos, los magistrados de Instrucción deberán adoptar las decisiones en Sala y su empate será resuelto por un conjuez.