Gabriel Sonny Cubillos
Periodista de EL NUEVO SIGLO
Con algunos ajustes arranca hoy el debate del proyecto de ley estatutaria (No.012 de 2012 Cámara) por medio de la cual se dictan disposiciones sobre disolución, liquidación y escisión de partidos y movimientos políticos, luego de cerca de 9 meses de ser radicado en la Comisión Primera de la Cámara.
La figura de la disolución, liquidación y escisión de partidos y movimientos políticos está prevista en la Ley 1475 de 2011 (reglamentación de la Reforma Política de 2009), sin embargo estaba engavetada en la Comisión Primera de la Cámara por falta de consensos entre diferentes partidos políticos y el propio Gobierno nacional, que veían con recelo esta iniciativa en el sentido que pudiera ser una puerta abierta para el transfuguismo de cara a los comicios parlamentarios de marzo de 2014.
Los actuales congresistas tenían plazo hasta el 9 de noviembre del año pasado para renunciar a la curul si es que quieren aspirar en 2014 por un partido diferente al cual los avaló en 2010, es decir, cuando lograron su elección.
Este camino está clausurado porque ningún legislador renunció a su curul en la fecha señalada, por lo que si aspiran en los comicios de 2014, tienen que hacerlo con el aval del partido al que pertenecen actualmente.
Aunque el objetivo del proyecto No.012 de 2012 Cámara es reglamentar la figura de la disolución, liquidación y escisión de partidos y movimientos políticos, de llegar a ser ley y superar en la Corte el examen de constitucionalidad antes de noviembre de este año, sería una alternativa para que un grupo de congresistas de un partido aspire por otro en los comicios de 2014.
A debate
Este proyecto será explicado hoy ante la Comisión Primera de la Cámara por su autor, el representante Juan Carlos Salazar.
Con la iniciativa, los miembros de un partido o movimiento político podrán solicitar la escisión del mismo cuando el 25% de sus militantes así lo quisiera. También podrá hacer esa solicitud el 25% de los militantes que hagan parte de las corporaciones públicas elegidos por el partido o movimiento político que se pretenda escindir, o el 60% de los miembros del Congreso reunidos en sesión conjunta de sus bancadas de Senado y Cámara de Representantes.
“Así mismo se podrá solicitar la fusión de uno o más partidos o movimientos políticos el veinticinco por ciento de sus militantes o de los miembros de las corporaciones públicas elegidos por el Partido o Movimiento político, o el 60% de los miembros del Congreso reunidos en sesión conjunta de sus bancadas de Senado y Cámara de Representantes”, explicó Salazar.
Sin embargo, el Congresista planteará además algunas modificaciones frente al articulado presentado hace varios meses, como es en el tema de escisión. “Si un partido se escinde, debe terminar en la fusión con otro partido. No puede dejar a los congresistas al libre albedrío para irse para cualquier partido. Si el 60% toma la decisión de irse, los que se van son todos para un solo partido, no se pueden ir de manera individual a buscar partidos”.