La Procuraduría General de la Nación, en fallo de segunda instancia, confirmó la sanción de destitución y 11 años de inhabilidad general al señor Gustavo Adolfo Maldonado Estupiñán, en su condición de alcalde municipal de Aguachica (Cesar) para la época de los hechos, por haber incurrido en violación del principio de transparencia consagrado en el Artículo 24 de la Ley 80 de 1993, estatuto de contratación pública, subrogado por el Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.
Con su actuación, el burgomaestre vulneró el código disciplinario en sus artículos 34, 35 y 48 al realizar de manera directa 17 contratos por valor superior a $300 millones de pesos para suministrar el servicio de transporte a los alumnos del municipio.
El operador disciplinario consideró que el señor Maldonado Estupiñán incurrió en falta gravísima, cometida a título de dolo, al omitir el proceso licitatorio, dada la cuantía contratada.