La sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación por la muerte y tortura del soldado Jair Rodríguez.
La familia del uniformado declaró que fue sometido a torturas, además que fue señalado de tener nexos con grupos subversivos y argumentaron que no murió accidentalmente sino que “murió ahogado en una ciénaga que atraviesa uno de los linderos de la Base Militar”.
Así mismo la sentencia proferida por el Alto Tribunal explica que “se concreta en que el mismo no falleció ahogado al correr, sino que fue sumergido en un tanque, muriendo en el acto al ser aprisionado por uno de los superiores que lo asediaban con sus actos de tortura para que ‘confesara’ el ilícito, hasta el punto que en su organismo quedó plasmada la huella del calzado de uno de sus victimarios”.
“La muerte del soldado regular Jair Rodríguez Perdomo tuvo relación inmediata con el servicio, porque se encontraba prestando servicio militar obligatorio, en momentos en que estaba bajo custodia y vigilancia de miembros de la institución, al interior del Batallón Bárbula, ubicado en el municipio de Puerto Boyacá” puntualiza el texto.
Por este motivo, la corporación impuso la sanción al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional por 184. 800.000 pesos indicando que “el comportamiento que asumió la institución no fue el adecuado para garantizar la seguridad de quien en ese momento estaba siendo interrogado por hechos de capital importancia (...) se encontraba en un estado de perturbación psicológica por las presiones que supuestamente estaba recibiendo por parte de la guerrilla y la dificultad de la presunta misión que debía llevar a cabo”.