Tras la expedición del Decreto 2677 de 21 de diciembre de 2012, reglamentario del Régimen de Insolvencia de la Persona Natural No Comerciante, el Ministerio de Justicia avanza en la aprobación de solicitudes elevadas para que centros de conciliación en todo el país puedan tramitar casos de insolvencia: actualmente, hay dos centros autorizados en Cali y siete entidades educativas cuentan con los avales para impartir formación en insolvencia.
Durante la segunda jornada sobre el régimen de insolvencia, organizada por el Ministerio de Justicia en la biblioteca Luis Ángel Arango, conciliadores y estudiantes manifestaron sus amplias expectativas por la implementación de la ley en razón de la cantidad de usuarios que requieren estos servicios.
En Barrancabermeja, el centro de conciliación recibe alrededor de 20 personas cada mes que atraviesan por una crisis económica: “Encontramos en esta ley una oportunidad para la rehabilitación del deudor y no para incentivar la cultura del no pago", indico la conciliadora Eliana Zárate. Actualmente, este centro avanza en la autorización del Ministerio de justicia para atender este tipo de requerimientos de los usuarios.
Katherine Santander Santacruz, conciliadora de la localidad de Suba, en Bogotá, indicó que están a la espera del aval del Ministerio ya que muchas personas acuden diariamente al centro de conciliación para acogerse a este régimen. De igual manera lo manifestó Leydi Nieto, coordinadora del Centro de Convivencia de la Corporación Universitaria de Colombia Ideas, quien indicó que esta Ley marcará un gran beneficio para las personas en crisis económica ya que dará soluciones alternativas a su situación.
Durante el evento, Nicolás Pájaro, Director de Justicia Formal y Jurisdiccional del Ministerio de Justicia, explicó que entre las bondades que trae la Ley está la difícil tarea de reincorporar a un deudor a su vida financiera por lo que destacó el que las centrales de información deben reportar no solo los datos negativos del deudor: “Si el deudor que inició un proceso de insolvencia es capaz o está en proceso de recuperarse de sus deudas el reporte a las centrales de riesgo debe ir en esta dirección”, indicó.
En el foro, los panelistas Diana Lucía Talero, asesora del Despacho del Superintendente de Sociedades, y Juan José Rodríguez, catedrático de la Universidad el Externado de Colombia, destacaron que durante el procedimiento de insolvencia el deudor de buena fe es aquel que relaciona a todos sus acreedores y todos sus activos para poder superar la crisis.
“Cuando un caso entra a liquidación patrimonial (porque no se llegó a un acuerdo entre las partes, o este fue incumplido) se deben agotar todos los activos para pagar en condiciones de igualdad a todos los acreedores, y las deudas insolutas mutan a obligaciones naturales”, aseguró Talero. A partir de este momento, los acreedores no podrán cobrar los saldos que quedaron pendientes, sin perjuicio de que el deudor de buena fe pueda cancelarlas cuando pueda, para lograr que se elimine inmediatamente su nombre de las listas de morosos.
“Muchos deudores en crisis, ante el apremio de cumplir sus obligaciones, se endeudan más para poder pagarlas, con lo cual sólo logran acrecentar el problema. El régimen de insolvencia les ofrece una salida viable para lograr un arreglo o, en caso de no ser posible, liquidar su patrimonio y poner punto final a la insolvencia”, concluyó Nicolás Pájaro.