Con tropiezos arrancó Código General del Proceso | El Nuevo Siglo
Viernes, 15 de Abril de 2016

Este 2016, un año antes de lo previsto en la ley, entró a operar en el país el Código General del Proceso, el cual se espera logre dar un revolcón a la justicia con lamodernización del sistema y mecanismos más ágiles para acceder a la misma. Además establece la oralidad como regla general.

 

Este Código regula la actividad procesal en los asuntos civiles, comerciales, de familia y agrarios. Se aplica, además, a todos los asuntos de cualquier jurisdicción o especialidad y a las actuaciones de particulares y autoridades administrativas, cuando ejerzan funciones jurisdiccionales, en cuanto no estén regulados expresamente en otras leyes.

 

Según la Ley 1564 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso, el mismo debía entrar en vigor de forma gradual desde el año 2014, en la medida en que se hayan ejecutado los programas de formación de funcionarios y empleados y se disponga de la infraestructura física y tecnológica, del número de despachos judiciales requeridos al día, y de los demás elementos necesarios para el funcionamiento del proceso oral y por audiencias, y en un plazo máximo de tres años, al final del cual esta ley entrará en vigencia en todos los distritos judiciales del país.

 

La  presidenta de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la  magistrada Martha Lucía Zamora, le dijo a EL NUEVO SIGLO que este alto Tribunal “expidió el Acuerdo No. 1510392 del 1° de octubre del 2015 por el que se dispuso la entrada en vigencia del Código General del Proceso en todo el país”.

 

Sin embargo, una tutela del 25 de enero de este año que presentaron en Pasto evitó la entrada en esa capital del Código General del Proceso, al hacer que se suspendiera por dos meses los efectos del Acuerdo No. 1510392. Ese plazo se vence el próximo 19 de abril. 

 

La magistrada Zamora indicó que  “hasta este momento no existe una decisión de un juez de lo contencioso que suspenda la vigencia de este Acuerdo, pues sencillamente entra en vigencia en Pasto la semana entrante. Con eso quedaría todo el país”.

 

Añadió que el pasado miércoles “hicimos una sala para evaluar el tema con el presidente de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, con el Presidente de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, y llegamos a la conclusión que si bien no están dadas 100 por ciento las condiciones para que el Código entre en vigencia porque en algunas partes falta terminar salas de audiencia o el equipo de grabación y demás, como está adelantado el trabajo en casi todo el país, el Código puede entrar en vigencia y en lo que resta del año terminar de implementar la parte logística”.

 

Zamora dijo que las nuevas salas de audiencia en diferentes regiones del país están en cerca de 80% en su puesta a punto.

 

Su importancia

La directora ejecutiva de la Corporación Excelencia en la Justicia, Gloria María Borrero Restrepo, le dijo a este Diario que “es de las reformas procesales más importantes que se han emprendido en Colombia. Se simplificaron, fuimos hacia procesos mixtos, vamos a tener un juez más presente con las pruebas y con las partes, es más transparente, tiene como objetivo la tutela judicial efectiva, se unificaron los procedimientos, va a haber menos procedimientos, muy pocos especiales”.

 

Borrero añadió que la implementación de este Código ha tenido tropiezos “porque se creía que todos los jueces deberían tener una sala de audiencias. Posteriormente se pensó que no tienen la afluencia de público que tienen en penal y que pueden adecuarse sus despachos para hacer la audiencia con las partes. Entonces por eso se pudo poner en marcha ese Código un año antes de lo previsto por el Legislador, sabiendo que hay déficit en las salas de audiencia y en la tecnología que se debe aplicar para el proceso. Eso es algo que tiene que seguir construyendo el Consejo Superior de la Judicatura”.

 

La directora ejecutiva de la Corporación Excelencia en la Justicia destacó que en este proceso para poner a andar el Código se ha capacitado muchos jueces. No obstante acotó que “esa capacitación no ha llegado a todos los jueces: por ejemplo,  los de restitución de tierras, que aplican ese Código de manera general cuando hay vacío en la Ley de Restitución, a ellos no les ha llegado la capacitación aún”.

 

Hablan los jueces

La jueza y directora ejecutiva del Observatorio Nacional Permanente para la Administración de Justicia, María del Pilar Arango Hernández, le dijo a este Diario que el Código General del Proceso  “en teoría legalmente entró a  regir este año, en enero, pero hay algunos problemas de orden técnico, no están todas las instalaciones ni físicas ni técnicas. Se está aplicando pero el Consejo Superior de la Judicatura está evaluando la situación”.

Añadió que “estuvo en trámite un proyecto de ley en el Congreso que pretendía suspender su vigencia, pero es apenas un proyecto de ley”.

 

Dijo también sobre la puesta en vigor de los centros de servicios judiciales, lo que llevó a un paro en los juzgados civiles y de familia, que “el Código General los menciona pero en ninguna parte dice cómo deben estar conformados, y la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura se fue más allá de lo que debía, según nosotros no debía haber hecho, y entonces dispuso de los empleados de los juzgados”. .