Comisión Primera del Senado estudia reforma a la tutela | El Nuevo Siglo
Lunes, 30 de Mayo de 2016

Una reforma a la Tutela será analizada por la Comisión Primera del Senado. El proyecto de ley que se somete a consideración de la Comisión Primera del Senado fue presentado por el Defensor del Pueblo.

La reforma tiene como propósito fortalecer y garantizar la efectividad de la acción de tutela en la protección de los derechos fundamentales de las personas optimizando las reglas del proceso de selección y revisión por parte de la Corte Constitucional; superando los aspectos problemáticos que se han identificado respecto del funcionamiento de esta acción y actualizando la regulación normativa con los avances y desarrollos que se han ido precisando por la jurisprudencia constitucional.

Se propone en la iniciativa que se aumenta a tres el número de Magistrados que integran las salas de selección, con el propósito de fortalecer la discusión y debate en el proceso de selección de los casos (actualmente dos Magistrados conforman estas salas).

Se incluyen también  unos criterios de selección de los casos que deberá tener en cuenta la Corte Constitucional, con el fin de que el proceso de selección sea más riguroso y se garantice que solo se seleccionen aquellas tutelas que resultan relevantes para la unificación de la jurisprudencia constitucional en el país.

Se establece la posibilidad de que las partes soliciten a la Corte audiencias excepcionales para discutir asuntos relacionados con los casos seleccionados para revisión. Dentro de la reforma se establece que después de adoptada la decisión de revisión, la Corte deberá publicar el fallo en su integridad en un término no superior a quince (15) días calendario. Según la defensoría estos ajustes dirigidos a fortalecer la acción de tutela y actualizar su regulación de acuerdo con la jurisprudencia constitucional y la legislación vigente.

En lo que tiene que ver con el desacato se fija expresamente que los incidentes de desacato deberán resolverse dentro del término de diez (10) días, con miras a evitar que la vulneración de los derechos de las personas se prolongue de manera indefinida.

Se establece la posibilidad de que un mismo despacho judicial pueda dar trámite a las acciones de tutela que se refieran a los mismos hechos y circunstancias, con el propósito de contrarrestar las llamadas “tutelatones” que congestionan la justicia y afectan la seguridad jurídica.

Se establecen reglas claras y detalladas respecto del trámite de la tutela contra providencias judiciales, de acuerdo con los lineamientos definidos por la Corte Constitucional (artículo 26). De esta forma, se incorporan al Decreto número 2591 las subreglas de la Corte sobre este asunto con el fin de evitar que los jueces de instancia desconozcan el precedente constitucional e incurran en fallos contradictorios.

En lo que tiene que ver con la Corte Constitucional Se dispone que si la Corte Constitucional selecciona para revisión una tutela interpuesta contra una sentencia de una Alta Corporación Judicial, esta debe ser resuelta por la Sala Plena (artículo 26). Al establecer un tratamiento especial para resolver estas tutelas, se busca proteger la seguridad jurídica y el respeto por las decisiones de las Altas Cortes.

Justificación de la reforma

Este mecanismo de protección de los derechos ha sido objeto de diversos tipos de críticas. Algunos sectores consideran que la acción de tutela debe ser robustecida con el fin de preservar esta garantía ciudadana dada su eficacia y celeridad. Otros sectores, por el contrario, han sostenido que esta acción debe ser regulada e incluso restringida, teniendo en cuenta los abusos y anomalías que se han presentado durante su trámite y ejercicio, como por ejemplo el uso irresponsable mediante campañas masivas de interposición de tutelas por los mismos hechos y circunstancias “tutelatones”.

A pesar de lo anterior, dice la Defensoría, lo cierto es que desde que se expidió el Decreto número 2591 de 1991 hasta la fecha, no ha existido un proyecto de reglamentación integral de este mecanismo constitucional que haya sido aprobado por el Congreso de la República.

Por tal razón, la Defensoría del Pueblo recopiló y analizó distintas propuestas de reforma y observaciones que desde la academia y el sector público se han planteado en relación con la acción de tutela, con el fin de contar con los elementos de juicio necesarios para elaborar una propuesta que permita fortalecer y actualizar este instrumento de acuerdo con la jurisprudencia constitucional vigente y superar las dificultades y anomalías que se han presentado en su funcionamiento.