Cuando comenzó al actual gobierno se presentó el 18 proyecto de Reforma a la Administración de justicia desde 2003. Para tal efecto el presidente Duque nombró como ministra del ramo a Gloria María Borrero quien, desde la Corporación Excelencia en la Justicia, le había hecho un seguimiento atento a los diferentes proyectos que se habían presentado hasta entonces. El Proyecto de Reforma presentado por la ministra Borrero, como es conocido, naufragó una vez más en el Congreso de la República.
Luego llegó Margarita Cabello Blanco, quien venía de la Sala Civil de Corte Suprema de Justicia, y se creía podía ser la persona apropiada para sacar adelante un proyecto de esas características, pero el tiempo que permaneció en el cargo no le alcanzó para impulsar el trámite del proyecto que tenía elaborado. El Ministro de Justicia, Wilson Ruiz, acaba de radicar el nuevo Proyecto de Reforma a la Justicia ante el Congreso de la República, y tendrá que dedicar el mayor de sus esfuerzos para sacarlo adelante.
El Proyecto de Ley presentado busca reformar la Ley 270 de 1996, o Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, y tiene como una de sus características la de orientarse más a la necesidad de brindar herramientas de descongestión, como la creación de una sala transitoria con el mismo fin en el Consejo de Estado integrada por 12 magistrados.
Otra de los ejes del Proyecto de Reforma es la autorización que le da el Consejo Superior de la Judicatura para la incorporación de nuevas tecnologías y la digitalización del servicio para mejorar el acceso a la justicia, la práctica de pruebas, la formación y conservación de expedientes, el litigio en línea y la producción de estadísticas. Este organismo podrá autorizar la utilización de medios tecnológicos, tánicos, electrónicos, informáticos y telemáticos en juzgados y tribunales. También propone que para el procesamiento, análisis de la información y mejorar la toma de decisiones en el sector justicia, se contará con dos sistemas estadísticos: un sistema de estadísticas de la rama judicial y un sistema nacional de estadísticas de justicia.
Por otro lado, plantea que los jueces en sus ´providencias sólo están sometidos al imperio del derecho, lo que podría contravenir el artículo 230 de la Constitución Política que dice que los jueces están sometidos al imperio de la ley. La justificación de esta propuesta es que el imperio del derecho incluye el deber de seguir el precedente vertical y vinculante con el fin de garantizar los principios de igualdad, seguridad jurídica y confianza legítima.
El precedente vinculante consiste en la regla de decisión aplicable al caso concreto establecida en una o varias providencias anteriores del superior jerárquico o del órgano de cierre judicial. Del mismo modo, se refiere al precedente horizontal en el que los tribunales y juzgados quedarían vinculados por sus propios precedentes, salvo que ya exista uno de un órgano judicial de mayor jerarquía sobre el mismo punto.
Le espera una ardua tarea al Ministro Ruiz en el trámite de la reforma a la justicia que tanto se requiere.