Lunes, 30 de Mayo de 2016
Líneas de base y plataforma extendida
Como dijimos en artículo anterior, las áreas marinas y submarinas se determinan a partir de las líneas de base: la línea normal es la costa en la marea baja, pero en los sitios donde hay bahías, escotaduras, desembocaduras de ríos o islas cercanas, se pueden trazar líneas rectas que unan los puntos más sobresalientes de la costa, por ejemplo, la boca de una bahía. En los archipiélagos se pueden trazar líneas rectas de hasta 100 millas marinas que unan los puntos sobresalientes de las islas. Las aguas detrás de las líneas rectas se llaman interiores y en ellas el Estado ejerce sus competencias territoriales sin limitación alguna.
En la sentencia de la CIJ de 2012 sobre la demanda de Nicaragua, la Corte dijo expresamente que San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus islotes y cayos conformaban un archipiélago que generaba áreas marinas y submarinas: mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental. Lo lógico era, entonces, trazar las líneas de base rectas archipelágicas y, de esta manera, precaver la demanda nicaragüense sobre plataforma extendida. Aunque la Dimar trazó esas líneas y determinó los puntos geodésicos, la Cancillería nunca dictó el decreto haciéndolas públicas ni las presentó a la Corte en el proceso.
La plataforma del archipiélago está limitada al norte y al sur por los paralelos que fijó la Corte como límite entre las áreas nicaragüenses y las de San Andrés y al oeste por una línea quebrada por donde corre el meridiano 82. Pero no existen tales límites al este del archipiélago. La plataforma existe, naturalmente, desde la línea de la costa de las islas, pero la falta de líneas de base rectas hace que se pierdan más de 100 millas al este. Si se trazan, la plataforma sanandresana intersecta con la de la costa colombiana.
Como Colombia tiene tratados de delimitación con todos los Estados al norte de la costa colombiana, una eventual plataforma nica extendida no tendría futuro porque chocaría con las plataformas normales de los Estados caribeños.
De otra parte, como las aguas detrás de las líneas son aguas interiores y soberanas que, por ser archipelágicas tienen un régimen especial pero permiten al Estado trazar rutas específicas de navegación y regular el tamaño de las naves, Colombia podría impedir la circulación de grandes tanqueros que puedan afectar el ecosistema del área y defenderlo de las grandes naves que se dirijan hacia el canal nicaragüense, si éste se construye alguna vez.
Cuando el Presidente dijo que Colombia no concurriría a la Corte para la segunda etapa del proceso, dejó a su suerte la demanda de Nicaragua. Pero ya desde antes había abandonado su principal arma de defensa: las líneas de base rectas del archipiélago.
***
Coda: La frontera colombo-venezolana en el Catatumbo es tierra de nadie, vedada a la fuerza pública por decisión del gobierno. Y también en la serranía de Perijá y en la Guajira. No nos sorprenda, entonces, que sucedan hechos como el secuestro (no “retención”) de los periodistas y que los niños se mueran de inanición en la península.