Rafael Nieto Navia | El Nuevo Siglo
Martes, 12 de Abril de 2016

FALLO DE LA CONSTITUCIONAL

La Corte “constituyente”*

 

LA Constitución de 1991fue emitida por “el pueblo de Colombia en ejercicio de su poder soberano” y dice de ella misma que es “norma de normas”. Esto lo sabe todo el mundo, pero la Corte constitucional, a la que “se le  confía la guarda de la integridad y de la supremacía de la Constitución en los estrictos y precisos términos” de la misma, cree que seis magistrados pueden reformarla. El artículo 241 le da facultad de  “revisar las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales”. Y es sobre esta base que la Corte revisa incluso sentencias de la Corte Suprema de Justicia, que se supone que son finales, y se ha convertido en Corte “constituyente” y “legisladora” porque la Constitución y la ley no son lo que ellas dicen sino lo que la Corte diga que dicen.

 

Según el Código Civil, las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras a menos que estén definidas de otra manera por el propio legislador. Cuando el sentido de la ley sea claro, no se desatenderá su tenor literal a pretexto de consultar su espíritu. Estas, que son reglas universales, las aprende un estudiante de derecho en su primer año de facultad. Pero no la Corte.

 

El artículo 11 de la Constitución dice que “el derecho a la vida es inviolable”. Esta, que es una norma absoluta, se desconoció por la Corte en sus sentencias sobre el aborto, en las que también ignoró la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 4) según la cual “toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.” Más explícito y literal imposible.

 

El artículo 42 de la Constitución dice que “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”. En el sentido corriente de los términos son un hombre y una mujer los que pueden contraer matrimonio y formar familia. Hombres son hombres y mujeres son mujeres y no hay manera de torcerle el pescuezo a la norma para ponerla a decir otra cosa.Pero la Corte acaba de rechazar una ponencia que negaba el matrimonio (no la unión) entre homosexuales. Aunque aún no conocemos la sentencia final, será permitiéndolo.

 

La Corte es uno de aquellos órganos que carece de control (el Congreso enmermelado es inútil) y que debe cumplir sus obligaciones por puro respeto a la norma, es decir, por razones éticas. Pero, si la sal se corrompe ¿con qué se la salará?

Según la exhortación del papa “Amoris laetitia”, que salió simultáneamente con la decisión de la Corte “constituyente” a que nos hemos referido, “en el sacramento del matrimonio los ministros son el varón y la mujer que se casan”. “No existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia

* Título e idea general tomados del programa La Hora de la Verdad que dirige Fernando Londoño en Radio Red de RCN