Necesita mucho más
Con la recién expedida Ley 1508 de 2012 el país cuenta con un nuevo marco normativo para el impulso de la construcción, operación, mantenimiento, mejoramiento o equipamiento de proyectos de gran envergadura relacionados, principalmente, con la provisión de bienes públicos y de servicios conexos. El nuevo marco promueve la participación del capital privado para invertir en infraestructura, flexibilizando de paso la inversión pública.
Lo anterior surge del nuevo modelo de contratación estatal delineado por la administración Santos en el Plan Nacional de Desarrollo, en el que se pretende la consolidación institucional que desde la Ley 80 de 1993, con las llamadas concesiones, no se ha logrado. Es bien sabido que el marco anterior no permitió atraer inversionistas de largo plazo que construyeran, operaran y mantuvieran obras con su propia capacidad financiera.
Nada más ilustrativo que el caso de los Nule como el mejor ejemplo de debilidad institucional, improvisación y pésima preparación, estructuración, evaluación y seguimiento de los proyectos.
Con las asociaciones público-privadas, como instrumento de contratación administrativa y de vinculación del sector privado, se esperan nuevas formas de financiación de proyectos con reglas de juego más claras: la exigencia de un mínimo aporte patrimonial, una mayor financiación del plan o propuesta por parte del contratista a cambio de diversas maneras de remuneración condicionada a la disponibilidad y al nivel del servicio de la infraestructura, atractivos para inversionistas institucionales y emisión de bonos de aseguradoras.
Como prioridad en la Ley se encuentra el análisis de las amenazas y la vulnerabilidad de los planes y proyectos con el fin de evitar la generación de condiciones de eventualidad de desastre, así como tipificaciones, estimaciones y asignaciones adecuadas de riesgos y contingencias que puedan acontecer.
Más allá del debate acerca de si era necesaria o no un norma paralela a la figura ya creada de las concesiones que se encuentra inserta en el régimen de contratación estatal, lo cierto es que para fortalecer el régimen jurídico de las APP se requiere de un arreglo institucional que, liderado por la recién creada Agencia Nacional de Infraestructura en las muy buenas manos de Luis Andrade, supere el rezago en obras públicas que sufre el país a través de la formulación, desarrollo e impulso de portafolios de proyectos atractivos para la inversión extranjera. Para ello debe alentarse una mayor competencia en las licitaciones de las concesiones; más conocimiento en las problemáticas de estructuración de proyectos y esquemas de solución eficaces y más ágiles para los problemas estructurales de la infraestructura para la competitividad nacional.
En varios foros y escenarios académicos se ha puesto sobre la mesa el tema de las asociaciones público-privadas y la necesidad no sólo de estructurar correctamente los negocios y la ubicación de los incentivos en la legislación, sino de encauzar a la institucionalidad nacional y regional por las buenas prácticas y alejarla de intereses ajenos a la prevalencia de lo público. Seminarios como el del Centro de Estudios de Servicios Públicos, Infraestructura y Telecomunicaciones -Cesit- en la Universidad Javeriana hace una semana, o el adelantado por Camacol con el objetivo de ahondar en las dinámicas del nuevo marco de contratación estatal, han dejado por sentada la necesidad de la transformación institucional que se precisa para materializar los propósitos de la normativa, aprovechar condiciones favorables de inversión extranjera y nacional en infraestructura y la necesidad inaplazable de corregir la brecha que no solo nos ha restado competitividad, sino que ha alejado las posibilidades de alcanzar la paz en el campo, donde la ausencia de Estado ha sido mayor justamente en los sitios donde no hay infraestructura.