En la entrevista extensa que hace en El Tiempo María Isabel Rueda a Humberto De La Calle hace una semana se lee una vez más la lista de lugares comunes del ya ungido candidato presidencial liberal acerca del proceso de La Habana, debidamente expresados en su combinación ordinaria de jerga greco-caldense y nadaísta. A lo cual tiene pleno derecho el candidato-jefe negociador.
A lo que no tiene derecho De La Calle es a equiparar el esperpento engañoso de la tal jurisdicción especial para la paz, monumento a la impunidad, con los tribunales especiales de la ONU para la antigua Yugoslavia, Ruanda y Sierra Leona. Precisamente cuando la Corte Suprema de Justicia de El Salvador declaró nula el jueves pasado la Ley de Amnistía de 1993 por consagrar en su texto impunidad hecha y derecha. Como la confeccionada en La Habana.
Que sea el Alto Comisionado de DDHH de la ONU, Zeid Ra´ad Al Hussein quien se refiera a lo ocurrido en El salvador: “porque es contraria al derecho de acceso a la justicia y reparación integral de las víctimas de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra”.
El Alto Comisionado ha tomado el encargo de hablar en nombre de la organización multilateral, en contraste con el saliente secretario-general Ban Ki-moon quien, como afirmaba hace algunas semanas el semanario alemán Der Spiegel, viene dejando el legado de un mundo encendido cuyas chispas en cocción no quiso anticipar. Porque deambula zurumbático por el hechizo mediático con sus reflectores y cámaras de uno a otro continente. El apoyo miope que ha dado a la impunidad pactada en La Habana tramitará oportunamente su cuenta de cobro a este coreano desenfocado en ciertos tópicos.
El país demanda explicación inmediata de los dos gestores principales, De la Calle y Jaramillo Caro, y de quienes redactaron el decálogo de la impunidad, sobre cómo se cumplirá este derecho de acceso a la justicia y reparación integral de que acaba de hablar al Alto Comisionado de los DDHH. No es a través de la caricatura deforme de la justicia multilateral de la ONU cuyo ejemplo utiliza en forma abusiva De La Calle.
Muy brevemente repasemos datos básicos:
- Las penas privativas de la libertad (intramurales) del Tribunal Internacional para la antigua Yugoslavia oscilan en promedio entre 12 y 25 años. La sentencia emitida sobre Ljubisa Beara (masacre de Srebenica) es perpetua.
- Las penas privativas de la libertad (intramurales) del Tribunal Internacional para Ruanda oscilan en promedio entre 15 y 30 años. La sentencia emitida contra Pauline Nyiramasuhuko (mujer) es perpetua.
- Las penas privativas de la libertad (intramurales) del Tribunal Especial para Sierra Leona oscilan en promedio entre 16 y 52 años.
La jurisdicción especial inventada en Colombia viola principios del derecho criminal internacional consagrados jurisprudencialmente y en el propio Estatuto de Roma. Las supuestas penas estatuidas son una burla al país y a la comunidad internacional.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia salvadoreña establece, además, la responsabilidad clara de quienes impulsaron el sistema de la impunidad institucional, que quede clara la enseñanza a quienes vienen auspiciando este engaño al país. Con fariseísmo desvergonzado nos dicen en Colombia que se trata de librar a las futuras generaciones del conflicto, cuando hacen exactamente lo contrario: pisotear principios de justicia y equidad inter-generacional. La justicia prospectiva se refunde y se deja plantada la semilla envenenada para alentar el enfrentamiento futuro
Porque los objetivos egoístas y recortados son evidentes: llamar paz a lo que es una simple cooptación política con entrega de obsequios y gabelas. Con candidatura partidista lista. Y, lo que es más grave, llamar justicia a lo que es un pacto político entre agrupaciones a espaldas de las mayorías nacionales.