Los fondos buitres
Por estos días se está librando una batalla jurídica entre Buenos Aires y New York llamada a tener consecuencias impredecibles.
El Gobierno de la señora Kirchner ha cometido muchos errores económicos. Y las consecuencias están a la vista. Alta inflación, graves desajustes fiscales y cambiarios, devaluación brusca, proteccionismo alocado, bajo crecimiento, corrupción rampante que ya toca al mismo vicepresidente de la nación argentina.
Pero en el contencioso actual en lo que se ha dado en llamar el asunto de los "fondos buitres", la razón parece estar del lado del Gobierno de Buenos Aires.
¿En qué consiste el contencioso?
La Argentina restructuró su deuda externa entre 2002 y 2008. Era impagable y conducía inexorablemente a la bancarrota. Como consecuencia de esa restructuración 93% de los acreedores de la Argentina aceptaron rebajas sustanciales en sus acreencias y plazos más largos para que les fueran canceladas.
Quedaron 7% más o menos de los tenedores de la deuda externa argentina que no quisieron entrar en la restructuración, y no aceptaron por lo tanto las condiciones a las que sí se avino la mayoría de acreedores. Desde entonces la Argentina ha venido cumpliendo puntualmente con los pagos convenidos en la restructuración.
Algunos de esos bonos no restructurados comenzaron a negociarse con grandes descuentos en los mercados de capitales. Son los llamados bonos buitres.
La semana pasada la Corte Suprema de los Estados Unidos ordenó, oyendo en apelación un fallo proferido por un juez de primera instancia del distrito de New York (los bonos están regidos por la ley norteamericana), que la Argentina debía pagarle el 100% de las sumas debidas a los tenedores de bonos buitres, en condiciones mejores de las que rigen para el 93% de los tenedores de deuda pública argentina que sí se acogieron a las quitas del plan de restructuración.
Esta decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos tiene conmocionada a la Argentina, y ha puesto contra la pared al ya debilitado Gobierno de la señora Kirchner.
Si la Argentina le da cumplimiento al fallo, termina otorgándoles a los tenedores de los bonos buitres unas condiciones más favorables que las que se pactaron con los acreedores de la deuda restructurada, que son la inmensa mayoría de acreedores como queda dicho.
Pero si no le da cumplimiento al fallo de la alta Corte norteamericana, entraría en situación de rebeldía jurídica, lo cual no haría más que complicar la ya desesperada situación de la Argentina en los mercados internacionales de capitales. Las consecuencias de este fallo pueden ser inmensas.
Ya se ha mencionado, por ejemplo, cómo de prosperar la tesis de la Corte Suprema de los Estados Unidos se haría prácticamente imposible en el futuro cualquier restructuración de deuda externa. Ante el hecho de que un fallo puede otorgarles condiciones más favorables a quienes no entren en la restructuración que a quienes sí la acepten.
Esta es la razón por la cual países como Francia, más de cien parlamentarios ingleses, y otros, han acompañado a la Argentina en sus pretensiones que, con este fallo, han resultado fallidas hasta el momento.
El sentido jurídico común llama a estar de acuerdo con la Argentina. La rapacidad que caracteriza a los tenedores de "bonos buitres" no parece compartir ese sentido común.