Plataforma intocable
La señora Canciller asistió a la sesión reservada de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de la República para cumplir la citación que le había sido formulada y confirmó que Colombia ha interpuesto su petición para que la Corte de La Haya declare no ser competente en cuanto a la demanda de Nicaragua tendiente a obtener plataforma continental extendida, en la cual pide “la definición del curso preciso de la frontera marítima con Colombia en las áreas de plataforma continental que les corresponde a cada Estado más allá de las fronteras fijadas por la Corte en su sentencia de noviembre de 2012”. Dicho libelo fue considerado por el presidente Juan Manuel Santos “totalmente infundado, improcedente, inamistoso e inclusive temerario”. Con anterioridad a la demanda Nicaragua había recurrido a la Comisión de plataformas y límites de la Organización de Naciones Unidas la cual recibió su solicitud y la puso en turno después de las recibidas de 110 países que siguen en turno. En el fallo al cual hace referencia la demanda la Corte Internacional de Justicia precisó que ese tema no era motivo de consideración por el Tribunal. Colombia no ha ratificado la Convención sobre Derechos del Mar de 1982 y no hace parte de ella. En el caso de un pronunciamiento de la comisión de la ONU este no es obligatorio para ningún Estado y en cuanto a la Corte esta carece de facultades para determinar plataformas. Cualquier decisión crearía desorden en el ordenamiento mundial. ¿Qué tal, por ejemplo la definición de plataforma continental entre Gran Bretaña y Argentina en el caso de las Malvinas o la revisión de plataforma continental del Peñón de Gibraltar?
La plataforma continental es la continuación de la corteza terrestre bajo el mar, teniendo en cuenta los relieves en el lecho y subsuelo de las aguas submarinas y es importante especialmente para definir el derecho a exploración y explotación de recursos naturales. Colombia ha tenido, tiene y tendrá su plataforma continental a partir de líneas y puntos bases suficientemente conocidos y no puede ceder un milímetro de ella.
Quienes en su momento consideramos que Colombia no ha debido ir a la Corte en el año 2001, para responder por una demanda fundamentada en un acto ilícito internacional que prosperó hasta la sentencia inaplicable que declaró línea de aproximación el meridiano 82, pensamos que en el hipotético caso de que el Tribunal decidiera asumir lo concerniente con la nueva demanda de Nicaragua debemos desde ahora expresar la no aceptación de ninguna determinación sobre plataforma continental. Eso no lo dijo la Canciller y el presidente Santos es muy cauteloso respecto de la estrategia que sigue Colombia y se molestó porque los medios de comunicación se refirieran al costo de la defensa de nuestro país, a cargo en el presente del agente designado con la consejería de juristas, la mayoría extranjeros. Ojalá no repitamos errores.