El derecho a morir dignamente
Viene tomando espacio en el país y en el mundo entero la reflexión sobre el derecho que le asiste a toda persona de morir dignamente.
El escenario del debate se concreta en pacientes con una grave enfermedad, o secuelas insuperables de algún accidente, que los coloca frente a un pronóstico negativo o unas circunstancias de recuperación que médicamente se califican de insuperables, que por muchas razones terminan siendo objeto de procedimientos médicos heroicos, con la única finalidad de prologarles la vida, pues médicamente se sabe que no se van a recuperar, y lo que se consigue a la postre es prolongarles su agonía, y de paso, la de toda su familia.
Dos temas aparecen íntimamente relacionados: la muerte y la dignidad. La vida es un derecho intransferible y personal. Igualmente la muerte es intransferible y personal. Cada individuo se dice, vive su propia muerte y muere su propia vida.
Todos tenemos derecho a no encontrarnos en circunstancias que inspiren lástima o compasión ante los ojos de los demás, es una actitud ante la vida que se llama dignidad. Dignidad que deviene de la naturaleza misma del ser humano, como ser consciente e inteligente que es.
Así como tenemos derecho a vivir con dignidad, damos por supuesto que también tenemos derecho a morir dignamente.
Cuando tengamos que vivir nuestra propia muerte esperamos que ésta ocurra rodeada de dos mínimas aspiraciones: sin dolor y sin miseria o visto de otra forma, con dignidad.
La muerte ya no ocurre en la tranquilidad del hogar como sucedía antaño, acompañado de los hijos y los seres queridos. Se cambió por el centro asistencial, rodeado de tecnología que la posmodernidad ha puesto al servicio de la medicina. A veces necesaria, para mantener la vida, pero a veces inútil, porque se prolonga la agonía del ser humano. Una sonda basta a veces para impedir que llegue una muerte digna y se condena a la persona a no poder dejar de respirar, a mantenerse alimentada, a seguir en su condición infrahumana, sin saber por qué y para qué.
Este es precisamente el punto álgido del asunto en cuestión; la prolongación de la vida en circunstancias tales, no está ni científica ni humanamente justificada. Riñe con los derechos del paciente y con la misma ética profesional. Dejar morir en paz es un deber ético del médico.
Es cierto, la muerte debe diferirse por todos los medios disponibles, si existe la certeza de que el enfermo podrá seguir viviendo con dignidad, con la autoconciencia de que se vive y de que se vive sin despertar conmiseración.
El mundo entero se ha volcado hacia la necesidad de regular este aspecto de la vida y de la muerte de las personas, para que no se abuse de la tecnología ni se efectúen los ensañamientos terapéuticos.
Tenemos en este momento en Colombia el trámite de un proyecto de ley, sobre cuidados paliativos, que ya cursó los cuatro debates en el Congreso. Pasó a sanción presidencial y fue objeto de objeción, advirtiendo que por tratarse de la reglamentación de un derecho fundamental, el derecho a la muerte digna, debió ser tramitado como ley estatutaria. La realidad es que no se reglamenta en dicho proyecto la eutanasia, apenas algunos aspectos de los derechos de los pacientes terminales y de enfermedades no recuperables. Esperamos que finalmente se sancione. El anuncio es de un nuevo proyecto, ese sí sobre la muerte digna. Bienvenida la discusión. Tenemos grandes vacíos reglamentarios y gran cantidad de casos que la requieren.