JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR | El Nuevo Siglo
Jueves, 6 de Diciembre de 2012

La reforma al matrimonio

 

A  medida que avanza la humanidad en el tiempo, se presenta una gran antinomia por resolver;  la tipología de lo jurídico y la tipología de lo social; es decir, el examen de por dónde va la vida social y  como se encuentra regulada en las instituciones jurídicas consagradas en las leyes, que desde que se expiden, comienzan a envejecer. Se supone que deben marchar en línea paralela la vida y la ley, si no  hay que reformar la ley para que cumpla su función en la civilización humana.

La primera llamada a interpretar la ley con la dinámica social que avanza es la jurisprudencia de las altas cortes. Esa interpretación moderniza la ley vieja y la pone a tono con las nuevas exigencias sociales. Fue la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia la que abrió la interpretación para reconocer en las parejas que convivían sin contraer matrimonio una especie de sociedad conyugal de hecho, admitiendo incluso como aporte de industria las tareas de hogar.  Esto dio pie para que posteriormente el Congreso  reglamentara las llamadas uniones more uxorio,  extramatrimoniales, paramatrimoniales o uniones de hecho, a fin de evitar injusticias y reconociendo que el 40% de las parejas en Colombia se encuentra  en unión libre.

El Código de Napoleón, del cual somos tributarios, concibió en su momento la gran defensa de la familia y su integridad, como la sociedad  lo exigía y era la convicción  de la época, por ello concibió el matrimonio como unión entre un hombre y una mujer. El mundo ha cambiado y está lleno de parejas que son del mismo sexo, conviven y son felices; y nadie  tiene derecho a discriminarlos por su orientación sexual. Lejos está la civilización de volver a cometer felonías como la que le hicieron a Oscar Wilde en su época. La jurisprudencia ya se ha abierto a concederles a los compañeros permanentes, así sean del mismo sexo, efectos jurídicos a su unión en el campo patrimonial y pensional. No vemos por qué no puedan regularse otros aspectos relativos a la herencia, porción conyugal, derecho alimentario, etc. Es una opción de vida, generalizada en el mundo entero, regulada en otros países, aceptada por nuestra jurisprudencia; así que bienvenido este nuevo impulso en el Senado de la República.   En nada va a afectar el matrimonio clásico, que seguirá existiendo y como opción para quienes lo deseen; pero está será otra alternativa, amparada por la ley y que nos mostrará como una sociedad más tolerante, con menos prejuicios y con un sistema  legal más a tono con la realidad social.