Jaime Alberto Arrubla Paucar | El Nuevo Siglo
Jueves, 12 de Noviembre de 2015

“Delitos de lesa humanidad son imprescriptibles”

CUESTIÓN SABIDA

¿La amnistía sin límites?

El  propósito de conmemorar cada año por esta época los hechos luctuosos ocurridos con la toma y la retoma del Palacio de Justicia, es precisamente que no se olvide lo ocurrido a fin de conocer la verdad, se repare a las víctimas y se haga justicia. Gracias a que el hecho se ha mantenido presente entre los colombianos, es que la Corte Suprema de Justicia en al año 2005 decidió integrar una Comisión de la Verdad que ya rindió su informe y que luego en el 2010, cuando se cumplieron 25 años del holocausto, se encendiera una llama simbólica, que luego apagó el Consejo Superior de la Judicatura y se advirtiera por el Presidente de la Corte Suprema en ese momento, que los delitos de lesa humanidad que allí ocurrieron no eran materia de prescripción, ni de amnistías o indultos.

Con toda razón viene ahora a los 30 años, el Fiscal General de la Nación a insistir en que los delitos de lesa humanidad no quedaron amparados por las amnistías de los años 90. Claro que las amnistías tienen valor, las de entonces y las que se hagan en el futuro con otros grupos alzados en armas, pero no pueden cobijar delitos de lesa humanidad, porque este tipo de delitos no son susceptibles de amnistiarse, ni entonces ni ahora.

Equivocadamente se sostiene que es que la Ley que ratificó el Tratado de Roma es posterior a esas amnistías. El tema no tiene nada que ver con este Tratado, pues la Constitución colombiana vigente para la época, expresamente advertía que la amnistía y el indulto solo cabía para delitos políticos y los de lesa humanidad no lo son. Los delitos son lo que son y los de lesa humanidad siempre lo han sido, antes y después del Tratado de Roma. Cosa distinta es que, examinemos cuales son los delitos de lesa humanidad que deben quedar por fuera de la amnistía firmada con el M-19, a ver si son tales.

También se dice que la posición de la Fiscalía atenta contra el futuro acuerdo en La Habana. Nada más salido de tono; lo que se acuerde en La Habana tiene que respetar la Constitución vigente y ésta también, como la anterior, señala que no se pueden conceder amnistías por delitos de lesa humanidad.

Los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles y no pueden ser objeto de amnistías. Además de nuestra tradición constitucional, lo señalan los compromisos internacionales adquiridos por tratados firmados por Colombia, como la Carta Interamericana y el Tratado de Roma. Ya la humanidad lo ha experimentado en la práctica: con la amnistía en El Salvador desconocida por la Corte Interamericana para los delitos de lesa humanidad, con la Ley de Punto Final en Argentina,  también echada para atrás frente a los mismos delitos, en Chile frente a los excesos de la dictadura. El Fiscal no ha hecho cosa distinta que decir lo que ya se había dicho y además se sabía; así que no entendemos por qué tanto alboroto.