¡Levántate Lázaro!
A punto de resucitar se encuentra la fallida Reforma a la Justicia que se aprobó en el año 2012, según se ha filtrado el sentido de una ponencia que se pondrá a consideración del Consejo de Estado esta misma semana, por cuenta de un demanda contra el decreto presidencial que la mandó al Congreso de la República a fin de que deshiciera lo hecho.
En la frustrada reforma había aspectos buenos e interesantes para mejorar la administración de justicia que viene clamando a gritos su restructuración, como el gobierno de la rama, el presupuesto, el acceso a la justicia, etc. Sin embargo, a la hora de "nona" se introdujeron algunos temas que dejaron mucho que desear y mostraron cierto tufillo de componenda entre un sector del Congreso y otro de la Magistratura. Se aumentaba la edad de retiro forzoso y el período pasaba a ser de doce años; si ello es bueno o malo, habrá que discutirlo, lo perverso es que se aplicaba a los magistrados en ese momento en ejercicio del cargo. A cambio se modificaba el tema del aforamiento para los congresistas y se fortalecía la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
Fue tal la reacción de la opinión pública que no quedó otro camino que buscar la manera de retrotraer lo reformado y vino entonces el decreto presidencial cuya validez discute la comentada ponencia. Se dice que el Presidente de la República no podía convocar a sesiones extras al Congreso para discutir una reforma constitucional y que además ésta ya estaba aprobada y solo faltaba su publicación, razón por la cual el Congreso no tenía capacidad para revocarla. El Alto Tribunal va a pronunciarse, pero con todo respeto opinamos que la totalidad de los magistrados deben declararse impedidos, pues existe un interés indiscutible en cada uno de ellos, en razón de que su período pasaría de ocho a doce años. Solo conjueces pueden por tanto estudiar dicha demanda.
Si se llega a caer el decreto presidencial, competencia del Consejo de Estado, es discutible que lleve de contera y de inmediato la caída del contra-acto legislativo que echa para atrás la reforma, pues ello es competencia de la Corte Constitucional, como todos los aspectos formales y de fondo discutidos y aprobados en el Congreso frente a la reforma. Es discutible incluso que este organismo pudiera elevar el período de magistrados actuales, que fueron elegidos por ocho años, que no pueden ser reelegidos por mandato constitucional. Por cuenta del Congreso cuatro años más, no es cosa distinta que sustituir la Constitución por acto legislativo.
Hay que recuperar la sindéresis, pareciera que el Estado estuviera dando palos de ciego, donde resulta más peligroso el remedio que la enfermedad. Lo mejor sería que como planea el Gobierno, se discuta una reforma a la Justicia, en forma abierta, amplia y sin permitirle espacio a quienes puedan tener interés en ella.