De cal y arena
La semana que acaba de pasar, los jueces colombianos han sido protagonistas, casi que simultáneamente, de la noticia buena y de la mala en materia de derechos.
La Corte Constitucional resolvióuna tutela interpuesta por una pareja formada por dos señoras antioqueñas que habían sido vetadas por el ICBF para adoptar, simple y llanamente por su orientación sexual. En el fallo, la Corte avala su derecho a tramitar la adopción sin que en la valoración de su aptitud como madres adoptantes pueda incluirse ninguna consideración referida a la modalidad de pareja que conforman.
La decisión de la Constitucional es un enorme paso en la construcción de una sociedad más igualitaria y más tolerante que la excesivamente conservadora que ha primado mayoritariamente. A cualquiera que estélibre de prejuicios religiosos o simplemente de prejuicios le tiene que parecer francamente irracional que a alguno de esos niños abandonados por parejas heterosexuales perfectamente confesionales, no pueda brindarles amor otra pareja, que síquiere hacerlo y tiene los medios para ello, solo por estar formada por personas del mismo sexo.
La reacción de la Reacción no se ha hecho esperar. Y no sorprende. Lo que sílo hace es que algunos que se arropan bajo las banderas del Partido Liberal, como Viviane Morales o herederos de su ideario como Juan Lozano hayan sido de los más cavernícolas.
En contraste y para vergüenza de quienes desde medios supuestamente liberales lo matonearon antes de su elección, el ponente de la decisión es el magistrado Luís Guillermo Guerrero. Denostado por ser conservador y de una región mayoritariamente adscrita a ese Partido, el Departamento de Nariño, ha resultado más liberal que cualquiera de sus críticos. Y ha demostrado que razón y justicia no tienen ideología.
La noticia mala vino del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En un auto del 26 de agosto de 2014, una magistrada de esa corporación decidiósuspender, de un plumazo y sin mayor argumentación que la proximidad de su apertura, la exposición artística “Mujeres Ocultas”.
Lamentablemente la decisión no entrega ninguna razón que sustente la existencia de amenaza o vulneración de algún derecho fundamental como para ameritar la suspensión provisional que decreta. En contrario de ello, la providencia judicial deja la sensación de ponerse a priori de parte de los demandantes en su evidente intención de censurar una manifestación artística.
Es cierto que las creaciones de la autora María Eugenia Trujillo pueden ser polémicas y es hasta razonable que a los católicos fanáticos les disguste, pero la solución a ese tipo de situaciones no es prohibir su existencia, es abstenerse de visitarlas.
Muy mal queda la Administración de Justicia no solo cuando restringe la libertad de expresión en aras de proteger la interpretación que un grupo de fanáticos tiene de su propia religión, sino cuando obliga a la autora de la obra censurada a comparecer al Tribunal a explicar su obra.
Es obvio que el problema no es la obra, sino la interpretación que algunos fanáticos hacen de ella. Juez y demandantes olvidan la vieja regla filosófica: La belleza estáen los ojos que la miran.
@Quinternatte