FUAD GONZALO CHACÓN | El Nuevo Siglo
Viernes, 25 de Julio de 2014

La justa medida

 

En cualquier facultad de Derecho a uno le enseñan que en todas aquellas ramas legales donde un juez posea la potestad de imponer sanciones existe un elemento vital que siempre debe observar el fallador y sin el cual su decisión excede los linderos de lo permitido y cae en predios de lo prohibido; se trata pues del principio de proporcionalidad.  Según él, una sanción tiene que ser equivalente a la falta cometida, pues si es más laxa que la ofensa patrocinaría la impunidad y si, por el contrario, es más severa configuraría una injusticia incluso peor que la que intentó reprender. Silenciosamente, la proporcionalidad le da equilibrio al sistema jurídico de nuestro país.

Cuando estaba en la universidad hice una investigación académica publicada en Chile sobre la Ley 1133 de 2007, mejor conocida como el vehículo que instauró el polémico programa Agro Ingreso Seguro, en él contrasté el texto de la norma con las teorías de dos doctrinantes internacionales defensores de las justicia, el resultado fue revelador: ambos señalaban el mismo error en la ley, grieta por la cual se colaron todos los episodios mediáticos con familias pudientes y reinas de belleza que todos conocemos. El Gobierno no fue claro desde un principio con los requisitos que debían cumplir los proponentes de los subsidios y, peor aún, tenía la autoridad arbitraria de designar a quiénes se los asignaba.

Todo surgió de un pálido articulado mal diseñado, de ligera redacción y lagunas insondables que en interpretación del Ministerio de Agricultura de esa época permitían ejecutar las operaciones que se llevaron a cabo, todo bajo el manto de una ley aprobada por 268 parlamentarios que no se percataron de la anomalía legislativa. Que los subsidios adquiridos con apego a la ley pero distanciamiento de la ética por un par de latifundistas son un acto reprochable  que merece un castigo, no le queda duda a nadie, pero de ahí a que Andrés Felipe Arias tenga que pasar 17 años preso es algo que jurídicamente parece desproporcionado.

Estamos acostumbrados a las irresponsables penas ejemplarizantes, desde los 16 años de inhabilidad a Petro por no recoger la basura 3 días hasta múltiples años de cárcel para un hombre por robarse un caldo de gallina en nombre del hambre de su familia. No defiendo el actuar del exministro, pues me parece que difuminar los límites de la ley es algo indebido, pero si a juicio de la Corte Suprema debe pagar, su purga exige el respeto de la proporcionalidad, un principio básico que aplica para tanto para el ladronzuelo de raponeo callejero como para el más temible de todos los criminales.

Y volvió a pecar la justicia reteniéndolo cuando el caso apenas estaba en el camerino y liberándolo cuando nos acercábamos al pitazo final. Encerrarlo por tres años fue un gravísimo error y soltarlo cuando todo pronosticaba su inminente condena fue aún peor. La justa medida del Derecho es el punto medio entre dos injusticias, una contra la sociedad y otra contra el implicado, espero que esta fuga nos lo haya enseñado.

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